Blogia

Miller Armín Dussán Calderón

ESTADO Y EMGESA VULNERAN DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL QUIMBO

ESTADO Y EMGESA VULNERAN DERECHOS FUNDAMENTALES EN  EL QUIMBO

El proyecto hidroeléctrico El Quimbo, concesionado por el Gobierno Colombiano a la empresa colombo-española Emgesa (subsidiaria de Endesa y actual propiedad de la italiana ENEL), está ubicado en la región central del Huila, en el sitio denominado El Quimbo: 9000 hectáreas de 6 Municipios, Reserva Forestal Protectora de la Amazonía y del Macizo Colombiano; con 300.000 habitantes de los cuales aproximadamente 2.000 serían desplazados, la mayoría vinculados a 8 empresas comunitarias en plena producción agropecuaria, (cacao, sorgo, maíz, arroz) que producen unas 36.000 toneladas de alimentos por un valor cercano a los  $ 50.000 millones anuales. Cuenta con 842 hectáreas de bosque ripario y tropical seco, poblaciones de peces que son básicos para la seguridad alimentaria, 103 especies de aves, 13 especies de reptiles y tres especies en severo peligro: la pacaraná, el mono nocturno de manos grises y la nutria neotropical.

El Quimbo no está destinado al abastecimiento interno sino a la exportación de energía por las transnacionales a las que Uribe Vélez entregó nuestras cuencas del río Magdalena y el Macizo colombiano. El negocio de estas empresas es invertir excedentes financieros de otras economías en la explotación de recursos naturales de países emergentes."

La Asociación de Afectados por el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo -ASOQUIMBO- ha liderado el proceso de resistencia a través de debates, movilizaciones sociales, acciones jurídicas, participación en Encuentro Internacional de Afectados por represas en Temacapulín México y en la construcción del Movimiento Nacional por la Defensa de los Territorios ¡Rios Vivos! Se pretende impedir la construcción del embalse y preservar el desarrollo ecosocial de la Región, al convertir la zona en una Gran Reserva Campesina Agroalimentaria con subsidios estatales y asistencia técnica, en particular, para cada uno de los pequeños y medianos productores agrícolas, la indemnización y restablecimiento de los derechos, el estudio y el uso de energías alternativas de acuerdo con las potencialidades naturales de la región (solar, eólica, geotérmica, biomasa y micro represas).

Producto de la desobediencia y resistencia civil, el Ministerio de Ambiente -MAVDT- y la Corporación Autónoma del Alto Magdalena -CAM- mediante Resoluciones 1096 y 1349 del 14 de Junio de 2011 impusieron a Emgesa, medidas de suspensión de las actividades de compra y de negociación de predios y de algunas obras al constatar que  “se está ante la presencia de grave afectación del componente suelo, agua, forestal, fauna entre otros, por razón de la ejecución de actividades dañinas habida cuenta de la magnitud de sus efectos nocivos”. Algunos de los impactos socioeconómicos, ambientales y culturales más graves y que constituyen vulneraciones de derechos fundamentales y un alto riesgo de exclusión causad,  que Emgesa desconoce con la anuencia del MAVDT son:  

Vulneración del Derecho al Trabajo

A medida que Emgesa ha venido adquiriendo predios, se han ido destruyendo continuamente empleos de grupos poblacionales que la resolución 899 de mayo 15 de 2009 reconoce como afectados. En el caso de los partijeros, arrendatarios, jornaleros, mayordomos, estamos en presencia de violación causada de derechos de manera grave para los cuales no se han constatado “las correspondientes medidas de manejo” ni “que la empresa adelantará e implementará las actividades que garanticen  el restablecimiento de las condiciones socioeconómicas de las familias afectadas” y de la actividad productiva”, todo lo contrario, la respuesta de Emgesa es negar las compensaciones a las que tienen derecho.

Más de 300 desplazados por el Estado, principalmente jornaleros y mayordomos despedidos de 13 fincas que compró Emgesa hoy viven sin medios de subsistencia, en la peor incertidumbre.   

Posterior a la expedición de la Resolución 1096 Emgesa continuó con “las actividades de compra y de negociación de predios” como es el caso de la Hacienda “La Virginia” del Municipio de Altamira Huila para el “reasentamiento de las comunidades de La Escalereta” del Municipio del Agrado. El MAVDT, no sólo permitió la violación del  numeral 1.5.2 del artículo décimo de la Resolución 899, sino que justificó el desplazamiento y demostró lo inocua que resultaba la Resolución 1096:

“es claro que en el caso del predio “La Virginia”, dado que está destinado al reasentamiento de la comunidad de “La Escalereta”, en cumplimiento del Programa de Reasentamiento de la población afectada por el proyecto, puede ser objeto de negociación y compra por parte de EMGESA S.A. E.S.P. y no está cobijado por la restricción prevista en la medida preventiva”

Varios numerales del artículo décimo de la resolución 899, no sólo reconocen a los grupos poblacionales afectados por el proyecto hidroeléctrico sino que también indican las actividades que la empresa debió haber realizado para compensar a estos grupos poblacionales:

 Para todos los casos de desplazamiento involuntario (asentamientos y actividades productivas) total o parcial, la Empresa adelantará e implementará las actividades que garanticen el restablecimiento de las condiciones socioeconómicas de las familias afectadas, incluyendo las establecidas en las mesas de concertación y en el plan de manejo ambiental.

Emgesa no ha cumplido con el numeral 3.2.4 de la Resolución 899 que establece: “Los proyectos de Desarrollo Económico, Restablecimiento del Tejido Social, Acompañamiento y Asesorías, Atención a la Población Vulnerable y el seguimiento al Programa de Reasentamiento, serán ejecutados una vez iniciadas las obras de construcción preliminares…”

Violación de la Ley 160  

La  valoración de los predios y viviendas se realizó otorgando un puntaje catastral y no comercial como lo exige la ley 56 de 1981. De otra parte, la realización del inventario no partió de la valoración agrológica de predios rurales. Además, se omitió la Ley  160 de 1994 que regula la ocupación y aprovechamiento de las tierras, las cuales se adjudicarán hasta la extensión de una Unidad Agrícola Familiar -UAF- que para el caso de la Zona de El quimbo comprende entre el rango de 30 a 50 hectáreas.  

El MAVDT, con base en el EIA presentado por la empresa, decidió que “como la UAF para el área de influencia está determinada en un rango entre 30 a 50 hectáreas  y no era posible encontrar tierra suficiente para reubicar 300 familias sin generar un nuevo desplazamiento, entonces “según sus cálculos un predio de 5 hectáreas, asegura el ingreso de dos salarios mínimos”.

El MAVDT viola la Ley  160 no obstante haber consignado en el EIA de Emgesa que “esta categoría se aplica a los predios menores de 30.00 ha, teniendo como soporte los rangos de tamaño de la UAF, definidos  en su momento, por el INCORA como Institución oficial con dicha función”.

El MAVDT, al reconocer que “no era posible encontrar tierra suficiente para reubicar 300 familias sin generar un nuevo desplazamiento”, está justificando la inviabilidad del Proyecto al no existir garantías de compensación ni restablecimiento pleno de la actividad productiva para la seguridad alimentaria.

Levantamiento de medidas preventivas

El MAVDT, bajo el supuesto de “un riguroso escrutinio” mediante Resolución 1826 del 12 de septiembre de 2011, levantó las principales medidas impuestas garantizando a Emgesa la continuidad de todas las obras y la ejecución de nuevas, sin “el análisis riguroso” y la cuantificación y compensación de los daños causados por la empresa al patrimonio económico, social, ambiental y cultural de la nación. 

La decisión se tomó sin consultar a los afectados quienes exigieron, la expedición de  un Acto Administrativo de suspensión inmediata de todas las obras del Proyecto y la licencia ambiental, como única garantía para la protección de los derechos, la indemnización por la pérdida de ingresos y la restitución de la actividad productiva. El MAVDT, al no suspender todas las obras, legitimó el ecocidio y estimuló la violencia que generará el desplazamiento y el desempleo, no obstante, haber considerado en el Concepto Técnico 879 de 2011, entre otras, que “la compra de predios está ocasionando la pérdida de ingresos para una amplia población, que la empresa está en mora de presentar el Estudio de Vulnerabilidad, pues ya está vencido el plazo de seis meses…y que la situación que están generando estos impactos está lindando con la vulneración del derecho a la vida en condiciones dignas”.  

El MAVDT no ha restablecido las condiciones socioeconómicas para garantizar “el derecho a la vida en condiciones dignas” después de haber impuesto y levantado las medidas contra Emgesa. Lo anterior se confirma en la  respuesta al Radicado 4120-E1-90180 de 2011: En relación con la situación particular que se está presentando con un grupo de pescadores artesanales  que se encuentran en la margen izquierda del Río Magdalena, en inmediaciones de la Vereda Domingo Arias, aún no se han dimensionado las consecuencias derivadas de los impactos ocasionados en su actividad económica por la construcción del proyecto. Por lo anterior, tampoco se han determinado cuáles serán las medidas efectivas para su adecuado manejo

El MAVDT  está incurriendo en supuesto delito de prevaricato por omisión de su responsabilidad de proteger los derechos de los afectados por el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo al registrar que  “aún no se han dimensionado las consecuencias  de los impactos ni determinado las medidas efectivas” para la protección de sus derechos y el pago  por los daños causados, no sólo de los pescadores, sino de los trabajadores del campo desplazados por Emgesa y el Estado.

 

Apertura de investigación a Emgesa una farsa

El MAVDT de conformidad con la Ley 1333 de 21 de julio de 2009, “encontró mérito para ordenar la apertura de investigación ambiental contra la empresa EMGESA S.A. con el fin de verificar las acciones u omisiones constitutivas de infracción ambiental” Sobre el particular, cabe recordar que el Ministerio Público con relación al inicio de obras de un túnel por Emgesa, sin contar con la Licencia Ambiental, manifestó que violaba la normatividad debido a que no existía “autorización para ejecutar labores como construcción de campamentos, traslado de maquinaria y cortes de cobertura vegetal que afectan los recursos de flora, suelo y agua” Con fundamento en lo anterior, se expidió la Resolución 227 del 2009, mediante la cual se formularon cargos contra Emgesa por adelantar obras sin Licencia y posteriormente se la exoneró impunemente mediante la Resolución 2188 del mismo año. Igual sucedió cuando expidió la Resolución 1814 recurriendo a fraude procesal y falsa motivación para disminuir las compensaciones ambientales y sociales a favor de Emgesa.

Detrimento  del patrimonio arqueológico

Asoquimbo denunció el tratamiento ilegal dado al Patrimonio Arqueológico y especialmente a hallazgos arqueológicos del área afectada. El Instituto Colombiano de Antropología e Historia ordenó la suspensión de obras del Proyecto mediante Oficio 1749 de 2011 y dos días después reversó la decisión. Posteriormente, mediante resolución 102, “inicio trámite sancionatorio contra los implicados en el caso de los hallazgos fortuitos realizados en el mes de abril de 2011 vinculando a EMGESA como posible infractora del régimen de protección del patrimonio arqueológico”. Las anteriores decisiones del ICANH permiten inferir que no existe rigor para exigir el cumplimiento de la Constitución sobre protección de nuestro Patrimonio.

El Estado vulnera Derechos a la Información, organización y participación.

Existe vulneración del legítimo Derecho a la Información tal como lo había denunciado la Defensoría del Pueblo: “restricción del Derecho a la Información a los grupos en situación de vulnerabilidad, lo que implica que desconozcan las medidas de compensación que deben beneficiarlos”. Existe la pérdida absoluta de credibilidad de los afectados en la Empresa por el incumplimiento sistemático de sus obligaciones afectando gravemente sus proyectos de vida, razón por la cual Asoquimbo se ha negado a cualquier proceso de negociación con Emgesa  y de participación en sus estudios de vulnerabilidad, etnográficos, debido a que corresponde al MAVDT responder por la protección de todos los derechos.

Funcionarios del MAVDT, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría Agraria Ambiental y del Gobierno Departamental convertidos ahora en “mediadores” han sido denunciados por las comunidades porque pretenden legitimarse destruyendo a las organizaciones sociales como Asoquimbo. Una evidencia ocurrió cuando el Procurador Agrario Ambiental del Huila, Diego Vivas, intentó montar un fallido proceso de judicialización de las acciones de resistencia civil de los afectados.

No cabe ninguna duda de que el Estado cumple la función de garantizar todas las condiciones para la mayor inversión y rentabilidad de las corporaciones transnacionales, razón por la cual, corresponde a las comunidades organizarse y resistir en defensa de sus Territorios y Derechos como sujetos capaces de decidir y construir autónomamente otro mundo posible, el del Buen Vivir  de los excluidos y humillados pero indignados.

(Links: Videos sobre resistencia Asoquimbo)

http://www.youtube.com/watch?v=brmn2IOrVec&feature=player_embedded

http://www.noticiasuno.com/noticias/director-general-de-emgesa-dice-que-no-suspendern-las-obras-.html

http://www.youtube.com/watch?v=H1Pa86w_gNc&feature=player_embedded#at=90

http://www.youtube.com/watch?v=xhPd2tQmaso

http://www.youtube.com/watch?v=o5mooeLSe1c&feature=autoshare

http://www.youtube.com/watch?v=jrvdF5k4oug

http://www.youtube.com/watch?v=Nq9ouShBFKc

http://www.youtube.com/watch?v​=7WzRCk5SjKc

Movilización Contra El P.H EL Quimbo 30 de septiembre de 2011

http://www.youtube.com/watch?v=6INeQj93-_M&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=yKAUq-jxmLk&NR=1

http://www.youtube.com/watch?v=K8OLgapCPDg&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=-qEm24mP008

http://www.youtube.com/watch?v=L58bGqSGO4o&NR=1

http://www.youtube.com/watch?v=cBt6W_OZ9fA&NR=1

http://www.youtube.com/watch?v=cBt6W_OZ9fA&NR=1

http://www.youtube.com/watch?v=iGhs4Xci9es&NR=1

 

MILLER ARMÍN DUSSÁN CALDERÓN

Profesor Investigador Universidad Surcolombiana

Miembro de Asoquimbo.

El QUIMBO ante el Consejo de Estado.

El QUIMBO ante el Consejo de Estado.

Ayer viernes 30 de septiembre tuvo lugar un hecho contundente en la historia de resistencia de El Quimbo: será el Consejo de Estado quien determine la nulidad del proyecto Hidroeléctrico El Quimbo ante una demanda interpuesta por las comunidades afectadas asociadas en ASOQUIMBO. Este hito histórico de la resistencia estuvo acompañado de una masiva movilización departamental y nacional que fue convocada para hacer presencia en la zona de obras del proyecto bajo la consigna de “Todos los caminos del Huila conducen al túnel”

El inicio de la jornada estuvo marcada por el hecho desconcertante de que el Alcalde del Municipio del de Gigante Fenivar Salazar, el día anterior, había expedido el decreto 092 de 2011 mediante el cual paralizó el tránsito de vehículos automotores entre las 6 am y 12 de la noche en la zona contigua al puente del Colegio sobre el río Magdalena.

Dicho decreto se expidió bajo dos considerandos principales: UNO, la radicación de una carta de ASOQUIMBO expresándoles al alcalde que se haría una concentración pacífica en el puente del Colegio y donde a la vez se instalaría una mesa de protección a los derechos de los afectados y, DOS, una carta de la Empresa EMGESA, constructora del proyecto, donde se le comunica al alcalde que es una actividad para tomarse el túnel y por lo cual, solicitan protección de las instalaciones y del personal de la empresa.

Conocidos estos hechos, se observa con claridad que la acción tomada por la alcaldía da prioridad a los intereses de EMGESA (Filial de ENDESA-ENEL) antes que atender las demandas de los ciudadanos afectados por las acciones de esta empresa. El gobierno municipal actuó sin tener en cuenta la comunicación de la comunidad, quienes no fueron debidamente informadas de la expedición del Decreto.

Cerca de 500 afectados y afectas provenientes de diversos lugares del departamento y el país hicieron presencia en el lugar. Quienes arribaron más temprano fueron testigos oculares de que los carros de la empresa se encontraban transitando sin ningún problema con la venía de los militares y policías que encontraban en el retén apostado sobre el kilómetro 68 de la vía que conduce a la Plata, a pesar de las restricciones de movilidad que demandaba el decreto; sin embargo, estos mismos agentes, en cumplimento de dicho decreto, impidieron a los afectados continuar hacia el puente del Colegio.

Durante el día transeúntes, trabajadores de la empresa y demás personas se movilizaron a pie por el lugar en acatamiento de la orden de la Alcaldía Municipal

Lo curioso es que cuando se presentó el Coronel de la Policía de Gigante -quien sostuvo diversos diálogos con la comunidad-, manifestó públicamente (existe registro fílmico y audio) no conocer el Decreto de la Alcaldía; es decir, para él la comunidad estaba aposentada en el lugar de manera ilegal “taponando la vía”. De igual manera, en el lugar se presentó el personero de Gigante, quien intentando mediar en la situación, tampoco conocía el decreto municipal.

Al final de la tarde, el Coronel de la Polcía manifestó que no tendría otra opción más que dar vía con el uso del ESMAD, -pues reiteraba que desconocía el decreto-; la comunidad le aclaró que quienes habían detenido el tráfico en la vía habían sido integrantes de la policía y el ejército.

Entrada la noche, según información del Coronel de la Policía, se reunió el Gobernador del Huila, el Alcalde de Gigante y cuerpos de seguridad en consejo de seguridad extraordinario, quienes determinaron que el decreto de restricción de la movilidad emitido por la Alcaldía Municipal no tenía sustento legal debido a que no cuenta con facultades para tomar ese tipo de restricciones en una vía nacional. Con esa disposición arbitraria no sólo se violó el legítimo derecho a la movilización social sino que se daba por hecho que quienes se encontraban en el lugar lo hacían de manera ilegal y, en consecuencia, se podría aplicar  la Ley de “seguridad ciudadana”, recientemente aprobada por el Gobierno de Santos.

Dada esta serie de incongruencias e irregularidades, las comunidades accedieron al tránsito por el lugar de los vehículos automotores bajo el compromiso de obtener por escrito una nueva orden o comunicación que diera cuenta de la derogatoria de dicho decreto, debido a que quien congeló la movilidad automotora fue el Alcalde.

No obstante, es reprochable la irresponsabilidad de la Alcaldía Municipal al tomar una decisión fuera de su competencia la cual estuvo a punto de desencadenar la represión  por parte del ESMAD sobre la comunidad presente en el lugar.

La resistencia continúa en el Quimbo, ahora con una demanda en el Alto Tribunal ante  la negligencia de la autoridad ambiental y demás instituciones públicas, y seguirá extendiéndose a otros territorios que luchan contra la imposición de represas, puesto que éstas se promueven en el marco de una economía del crecimiento que no interesa a miles de comunidades rurales directamente afectadas por este tipo de proyectos.

Por tanto, ASOQUIMBO y el Movimiento Ríos Vivos en búsqueda de alternativas a estas problemáticas sigue demandando al gobierno nacional el establecimiento de una mesa de discusión sobre la política energética nacional, con la participación activa de los y las afectadas.

ASOCIACIÓN DE AFECTADOS POR EL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO

MOVIMIENTO CLOMBIANO POR LA DEFENSA DE LOS TERRITORIOS Y AFECTADOS POR REPRESAS ¡RIOS VIVOS!

MINISTERIO DE AMBIENTE LEGITIMA ECOCIDIO Y VIOLENCIA A FAVOR DE EMGESA

MINISTERIO DE AMBIENTE LEGITIMA ECOCIDIO Y VIOLENCIA A FAVOR DE EMGESA

El MAVDT se comprometió para el 14 de septiembre de 2011  “o antes si es posible” a responder los Derechos de Petición de los Afectados por el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo que demandan la suspensión de la licencia ambiental, avalada por la Defensoría del Pueblo, como única garantía para la protección de sus Derechos y la indemnización por los daños causados.

Todo lo contrario. Expidió la Resolución 1826 del 12 de septiembre mediante la cual garantiza a Emgesa continuar con las obras que habían sido suspendidas por los daños ambientales, mediante Resolución 1096 del 14 de Junio de 2011, en cumplimiento de lo anunciado por el Viceministro Carlos Castaño, previa reunión realizada en Neiva con sus asesores y el Director de la CAM, según el cual “las medidas preventivas serían derogadas en el menor tiempo posible debido a que no se pueden afectar la confianza inversionista ni la imagen corporativa de las transnacionales locomotoras del desarrollo y progreso del Huila”, sin importar los graves daños al patrimonio Nacional.

El MAVDT al expedir la Resolución 1826 no sólo atenta contra la vida y el trabajo de los afectados desplazados por El Estado y las transnacionales  sino que legitima el ecocidio y estimula la presencia de actores violentos al margen de la Ley que según lo informó  la policía a Asoquimbo, vienen incrementando su presencia en la Zona de El Quimbo amenazando con acabar de destruir los tejidos sociales afectados desde el momento en que se aprobó la Licencia Ambiental al proyecto y Emgesa promovió el enfrentamiento y la división entre las comunidades.

Asoquimbo convoca a la  Comisión Interamericana y demás Organismos Internacionales y Nacionales de Derechos Humanos a proteger de inmediato a la población afectada por el megaproyecto ante la ausencia del Estado y el incremento de la  delincuencia.

Ratifica su legítima declaratoria de Desobediencia Civil y la intensificación de las acciones de Resistencia Social a partir de la movilización convocada para el 30 de septiembre por la Defensa del Territorio, el río Magdalena y la suspensión de la Licencia Ambiental como garantía de Protección de todos los Derechos vulnerados por Emgesa y el Estado. 

ASOQUIMBO CONVOCA MOVILIZACIÓN 30 DE SEPTIEMBRE

ASOQUIMBO CONVOCA MOVILIZACIÓN 30 DE SEPTIEMBRE

ASOQUIMBO, mediante Derechos de Petición, solicitó reiteradamente al MAVDT la expedición de un Acto Administrativo a través del cual se imponga a la empresa EMGESA S:A: E;S:P:, medida preventiva consistente en suspensión inmediata de todas las obras del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo y de la licencia ambiental de acuerdo con la solicitud de la Defensoría del Pueblo, como condición necesaria para la protección de los derechos de todas las poblaciones afectadas y garantía de cumplimiento de las Resoluciones 1096 del MAVDT y 1349 de la CAM.

De igual manera, con fundamento en los derechos de información y participación, se solicitó al MAVDT “informar y consultar de manera permanente a Asoquimbo, a los Terceros Intervinientes y a la Mesa de Defensa de los Derechos Humanos de los afectados, sobre los resultados de las visitas de monitoreo sobre el cumplimiento de las medidas preventivas y no levantar dichas medidas hasta tanto no se consulte a Asoquimbo,  a los Intervinientes y a la Mesa”

El MAVDT no ha respondido a las anteriores solicitudes. Todo lo contrario. Después de los últimos debates realizados en el Congreso sobre la problemática generada por el Proyecto, el Viceministro Carlos Castaño, previa reunión realizada en Neiva con sus asesores y el Director de la CAM, (ver fotografía adjunta) sin haber concluido la supuesta visita de verificación, anunció que “las medidas preventivas serían derogadas en el menor tiempo posible debido a que no se pueden afectar la confianza inversionista ni la imagen corporativa de las transnacionales locomotoras del desarrollo y progreso del Huila”.  El Periódico la Nación confirma que “según fuente consultada en el Ministerio esta semana habrá pronunciamiento que permitirá continuar con las obras…” (ver http://www.lanacion.com.co/2011/09/10/el-quimbo-con-mucha-energia/)

Se supone que la Corporación Autónoma del Alto Magdalena, con fundamento en su autonomía, emitió concepto favorable al MAVDT para el levantamiento de las medidas impuestas mediante la Resolución 1349 y que Emgesa canceló el valor por los daños ambientales causados,  cuyo costo supera el valor total de las compensaciones ambientales establecidas en la Licencia.

Se supone que el MAVDT ya constató que Emgesa no sólo indemnizó a todas las poblaciones por los daños causados sino que restituyó la actividad económica a todos los afectados y sus proyectos de vida superando “el detrimento del bienestar de las personas desplazadas por la compra de predios,…la pérdida de ingresos para una amplia población que deriva su sustento de las actividades económicas vinculadas a los mismos… los daños graves sobre el medio socioeconómico”;  impactos no  identificados  que justificaron la Resolución 1096 del MAVDT según el cual  “están generando una situación que está lindando con la vulneración del derecho a la vida en condiciones dignas, de manera que se deben implementar acciones urgentes para mitigar, corregir o compensar dichos efectos nocivos de la ejecución del proyecto” (ver adjunto respuesta MAVDT Proyecto Rad. M.A.V.D.T: 4120-E1-79743 del 27 de junio de 2011LAM4090)

La realidad es otra. Emgesa continuó destruyendo el medio ambiente (ver: http://censat.org/articulos/10054-videos/10280-video-emgesa-con-licencia-para-matar) y comprando y negociando predios burlándose de las medidas preventivas del MAVDT y de la CAM. Ya se enviaron al MAVDT las pruebas de la compra de la Hacienda La Virginia, sumando más de 30 jornaleros, cabezas de familia, a los trabajadores que fueron despedidos ilegalmente de 11 fincas sin que hasta el momento el MAVDT haya garantizado la protección del derecho a la vida y al trabajo en condiciones dignas. Además, se optó por la compra ilegal de predios, al reasentamiento de los habitantes de la Vereda Domingo Arias y se destruyó totalmente el poblado,  (ver: http://www.lanacion.com.co/2011/08/14/domingo-arias-el-pueblo-que-desaparecio-por-el-quimbo/comment-page-1/). También Emgesa negoció las fincas El Playón y Las Brisas ubicadas en la Honda Gigante y destruyó totalmente la actividad agrícola y la infraestructura de las Haciendas El Azuceno y El Paso, vereda El Espinal, Municipio de Tesalia Huila.

Pescadores artesanales desplazados por Emgesa, hace más de tres meses, conviven en condiciones infrahumanas y sin ninguna protección por parte del Estado, en cambuches en las Playas del Río Magdalena, Bien Público por excelencia, contiguas a la zona industrial del Proyecto, bajo amenaza de desalojo en cumplimiento de amparo policivo concedido ilegalmente a Emgesa a nombre de la seguridad ciudadana, negando la naturaleza de “utilidad pública e interés social” de la actividad piscícola tal como lo establece la Ley.

También Emgesa ha intentado el desalojo del mayordomo y jornaleros de la finca la Victoria, Honda, Gigante. El MAVDT ha mantenido silencio cómplice,  violando la Ley, al no responder a varias peticiones  formuladas por todos los afectados exigiendo garantía a sus Derechos.

Emgesa, en connivencia con sectores políticos y contratistas protegidos por la Cámara de Comercio de Neiva, vienen exigiendo al MAVDT que derogue las medidas de suspensión de obras impuestas a la empresa. Incluso, no les preocupa que se mantenga la prohibición de compra y venta de predios porque saben que es inocua y no afecta en absoluto a Emgesa ni a los contratistas.

Pero tampoco favorece a los pequeños propietarios, poseedores, ocupantes ni demás poblaciones vulnerables para quienes no existe ninguna propuesta de reasentamiento dada la carencia de tierras fértiles, ni de indemnización por los daños causados ni de restitución de la actividad productiva. La única garantía de protección de sus Derechos, como lo han solicitado en sus Peticiones al MAVDT es la suspensión de todas las obras y la Licencia Ambiental.

Como el MAVDT ya anunció el levantamiento de sus inocuas medidas a favor de Emgesa y no existe ninguna garantía de  protección de los afectados, sólo queda intensificar las acciones de resistencia de manera permanente, en defensa del territorio, la indemnización por los daños causados y una Reserva Campesina Agroalimentaria para la Zona de El Quimbo.

En tal sentido, Asoquimbo convoca a todos los huilenses y a los movimientos sociales del país a participar en las movilizaciones programadas para el 30 de septiembre de 2011 a partir de las 6 de la mañana.  En el Huila, la movilización vehicular (camiones, volquetas, tractores, chivas, camperos, motos, etc) se realizará hacia el Puente El Paso del Colegio, en la vía que conduce al municipio de Paicol Huila, desde cualquier lugar del Departamento.

Asoquimbo agradece de antemano a los distintos sectores sociales de otros lugares del país que ya están organizando su desplazamiento para sumarse a la movilización de los huilenses. De igual manera, acoge complacida todas las expresiones de solidaridad de los movimientos de resistencia a nivel internacional.

Asoquimbo ratifica la convocatoria a Asamblea General el domingo 18 de septiembre a partir de las dos (2) de la tarde en el poblado de Rioloro Gigante para organizar la movilización. Contaremos con la presentación de la obra  “Historia para quitar el miedo”, protagonizada por el Grupo “Taller Teatral USCOLOMBIA”

 POR LA DEFENSA DEL TERRITORIO, EL RÍO MAGDALENA, LA INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS CAUSADOS Y LA SUSPENSIÓN DE OBRAS Y LA LICENCIA AMBIENTAL AL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO:

 30 DE SEPTIEMBRE: TODOS LOS CAMINOS CONDUCEN AL PUENTE DEL PASO DEL COLEGIO Y AL TUNEL DE EMGESA.

Gigante Huila, septiembre 13 de 2011 

EL ESTADO GARANTISTA DE DERECHOS DESAPARECE AL TRANSFORMARSE EN SUPUESTO MEDIADOR ENTRE TRANSNACIONAL ENDESA EMGESA Y AFECTADOS POR EL MEGAPROYECTO EL QUIMBO

La Constitución Política de Colombia de 1991 se ha definido como garantista de los Derechos de los Ciudadanos, es decir, se supone que nos regimos por un Estado Social de Derecho.

Pero la realidad ha demostrado que el Estado no cumple con su obligación constitucional de garantizar la protección y la realización de los Derechos Fundamentales, todo lo contrario, está al servicio de los intereses privados del capital nacional y de las corporaciones transnacionales que hoy controlan la vida, la fuerza de trabajo, la salud, la educación,  la recreación, la producción de bienes y servicios y, específicamente, la política minero energética, agroalimentaria del país.

Una prueba de lo anterior es la concesión del megaproyecto hidroeléctrico El Quimbo a la transnacional  privada Endesa Emgesa por el Gobierno de Alvaro Uribe. Cuando se expidió la Resolución 321 del 1 de septiembre de 2008 declarando de utilidad pública e interés social "los terrenos necesarios para la construcción y operación del proyecto”, sin que se hubiese expedido la Licencia Ambiental, no se notificó previamente a los afectados generando desconcierto y malestar dentro de las comunidades directamente perjudicadas y en la comunidad regional en general, teniendo en cuenta que no se les había permitido conocer los graves impactos sociales, económicos, ecológicos y sociojurídicos que produciría la realización del megaproyecto y que hoy han sido reconocidos, motivo de medidas preventivas por los daños causados al medio ambiente y a las poblaciones.

Las comunidades fueron sometidas a la incertidumbre y al abandono total por parte del Estado y presionadas a “negociar” directamente con la transnacional en condiciones desventajosas. En la práctica, se les redujo a  simples contrapartes y todos sus bienes y valores de uso y de existencia se minimizaron como objetos de mercado, arrebatándoles su condición de Sujetos de Derechos y desconociendo la existencia de las instituciones y de sus personeros como garantes de los mismos.

La Asociación de Afectados por el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo -Asoquimbo- asumió la defensa de los intereses y derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales de los asociados en la medida en que estos resultaban vulnerados, amenazados o disminuidos por las acciones y omisiones derivadas, en forma directa o indirecta, de la construcción del proyecto.

Ante la ausencia del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial -MAVDT-y los organismos de control, Asoquimbo aprobó la Declaratoria de Desobediencia Civil y la realización de acciones de resistencia para exigir al Estado, responsable de la expedición de la Licencia Ambiental y de sus modificaciones cometiendo incluso fraude procesal y falsa motivación para favorecer a Emgesa, el cumplimiento de  sus obligaciones constitucionales de protección de todos los Derechos Fundamentales de los Afectados y, específicamente, la indemnización por los daños causados a las poblaciones por la imposición del proyecto y la restitución de su actividad productiva para lo cual se acudió  a Derechos de Petición.

Como respuesta  a uno de los  Derechos de Petición formulado por los pescadores artesanales desalojados por Emgesa de su hábitat natural y que se encuentran en sus cambuches en las Playas del Río Magdalena, contigua a la Vereda Domingo Arias del Municipio de Paicol Huila, resistiendo bajo amenaza de desalojo por amparo policial concedido a la empresa a nombre de la utilidad pública y la seguridad ciudadana, la Directora de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales del MAVDT confirma que la función del Estado no es garantizar sus derechos sino servir de supuesto mediador entre las partes:

“Respecto de la problemática de la población de pescadores artesanales, le manifestamos que actualmente un equipo técnico de este Ministerio, …está en el área de influencia del proyecto surtiendo las gestiones necesarias para construir entre EMGESA S.A. E.S.P. y la comunidad en cuestión, puntos de acuerdo a través de la mediación, gestión esta que se desarrolla de forma coordinada con la Defensoría del Pueblo y con el acompañamiento de autoridades como el INCODER y la Procuraduría General de la Nación.

Ahora bien, en caso de que no sea posible establecer puntos de acuerdo entre la empresa y la comunidad de pescadores artesanales, este Ministerio analizará la posibilidad de establecer medidas adicionales para conjurar la problemática”[1]

El MAVDT y demás autoridades estatales hacen presencia tardía negando su responsabilidad como garantes de los Derechos de los Afectados al asumir un supuesto rol de “mediadores” entre pescadores individualizados, objetos de mercado y la transnacional Emgesa, obligándolos a “construir puntos de acuerdo” después de haber sido destruida su actividad productiva y su proyecto de vida, cuando se supone que en la Licencia Ambiental, expedida por el Estado quedaron establecidas y garantizadas las compensaciones para todas las poblaciones afectadas como productores y ciudadanos colombianos que se presume son protegidos por El Estado Social de Derecho.

Más grave aún. Si los pescadores no aceptan las condiciones impuestas por Emgesa, el Estado no asume la responsabilidad de protegerlos indemnizándoles y restituyendo sus proyectos de vida afectados desde el momento en que se declaró la utilidad pública y se expidió la Licencia Ambiental” sino que “analizará la posibilidad de establecer medidas adicionales” se supone a las preventivas de suspensión de algunas obras y prohibición de compra de predios impuestas a la empresa mediante la Resolución 1096 ante el inocultable hecho de destrucción del medio ambiente y de las cadenas productivas por el desalojo de los trabajadores de sus predios por parte de Emgesa. Dichas medidas, según lo anunció el viceministro de ambiente, Carlos Castaño  serán derogadas en el menor tiempo posible debido a que no se pueden afectar la “confianza inversionista” ni la imagen corporativa de las transnacionales locomotoras del “desarrollo y progreso del Huila”.

No cabe duda de que el Estado no establecerá ninguna “medida adicional para conjurar la problemática de los pescadores” ni de las demás poblaciones afectadas, presionándolos para que renuncien a sus derechos y acepten las migajas económicas que ofrece la empresa ante la grave situación de vulnerabiliad a que han sido sometidos al ser desplazados por el Estado o se desmovilicen y busquen como única opción vincularse a la delincuencia aceptando las ofertas de subsistencia de cualquier grupo violento al margen de la Ley, mientras la transnacional continúa con su rentístico negocio protegida por el Estado.

Funcionarios del MAVDT, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría Agraria Ambiental, convertidos ahora en “mediadores” y no defensores de los Derechos del Pueblo han sido denunciados por las comunidades porque pretenden legitimarse como representantes del nuevo “estado mediador y tardío” destruyendo a las organizaciones sociales representativas de los afectados como lo es Asoquimbo, acordando previamente con Endesa Emgesa la forma de intervención a su favor como ocurrió recientemente con el Procurador Agrario Ambiental del Huila responsable de montar un fallido proceso de judicialización de las acciones de resistencia civil de los afectados y con delegados del MAVDT y de la Defensoría Nacional del Pueblo que condicionaron su “mediación” entre Emgesa y reducidos grupos de afectados a la no presencia de directivos de su organización Asoquimbo, al considerarlos como un obstáculo para la búsqueda de un acuerdo entre las partes. Se recurre al desconocimiento de los derechos constitucionales a la organización y participación, como mecanismo para intentar legitimarse como auténticos voceros subordinados a las transnacionales que sin lugar a dudas les reconocerán sus buenos oficios.

El “estado mediador” de la actual época de control corporativo de los territorios por el capital nacional y transnacional no sólo cumple la función de garantizar todas las condiciones para la mayor inversión y rentabilidad del capital sino que subordina la política a la biopolítica, es decir,  al totalitarismo, que destruye las organizaciones sociales, cuyo propósito y objeto es la gestión de la vida, su administración y mercantilización bajo los nombres de globalización y la jerga de la competitividad y la eficacia donde desaparecen los ciudadanos, razón por la cual corresponde a las comunidades organizarse y resistir hasta convertirse en verdaderos sujetos de derechos capaces de decidir y construir autónomamente otro mundo posible, el del Buen Vivir  de los excluidos y humillados pero indignados.

Miller Armín Dussán Calderón

Profesor Universidad Surcolombiana

Miembro de Asoquimbo

 

Neiva, septiembre 9 de 2011



[1] Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales. Asunto. Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo Rad. M.A.V.D.T.: 4120-E1-94854-2011, 6 de septiembre.

EMGESA DESTRUYÓ EL PUENTE EL PASO DEL COLEGIO EN EL HUILA

EMGESA DESTRUYÓ EL PUENTE EL PASO DEL COLEGIO EN EL HUILA

La Contraloría General de la Nación adquirió el compromiso público de pronunciarse sobre las graves denuncias realizadas contra las multinacionales Endesa Emgesa Enel Impregilo por los daños ambientales que ya superan el valor de las compensaciones por la protección y conservación de nuestros ecosistemas; la destrucción de las cadenas productivas generando desplazamiento (más de 250 familias de jornaleros y mayordomos expulsados de sus predios); desempleo, muerte de ancianos por presiones psicosociales, declaratoria de utilidad pública del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo sin Estudios Previos de Impacto Ambiental y sin Licencia Ambiental que posteriormente fue modificada acudiendo al fraude procesal y falsa motivación, entre otras.

También se espera que el ente de control se pronuncie sobre la destrucción del Puente del Paso del Colegio debido, según se ha constatado, a la extracción ilegal de materiales del Río para las obras de El Quimbo, con retroexcavadoras y el retiro de los pentápodos construidos en concreto y varilla que habían sido colocados formando jarillones para proteger el estribo derecho, de la corriente del río Magdalena. Al retirar el material socavaron la base del mencionado estribo produciendo su inclinación y por ende la fractura del mismo y del puente.

Asoquimbo por todos estos daños ocasionados por las transnacionales, en connivencia con el Gobierno, ha convocado a una gran manifestación el 30 de septiembre con la consigna “POR LA DEFENSA DEL TERRITORIO, EL RÍO MAGDALENA, LAS COMUNIDADES Y NUESTRA REGIÓN: TODOS LOS CAMINOS CONDUCEN AL PUENTE DEL PASO DEL COLEGIO Y AL TUNEL DE EMGESA”

Desde todos los lugares del Huila y del País, nos movilizaremos en cualquier vehículo y/o marcharemos el 30 de septiembre de 2011 desde las 6 de la mañana.

Y el 30 de octubre, convocamos a introducir en cualquier urna UNA PAPELETA ESPECIAL,  donde se manifiesta que VOTO POR LA DEFENSA DEL TERRITORIO Y POR UNA RESERVA CAMPESINA PARA LA ZONA DE EL QUIMBO, rechazando de esta manera la imposición violenta del Proyecto Hidroeléctrico de El Quimbo por parte del Estado, negando la participación y decisión de los afectados.

¡Ríos para la Vida no para la muerte¡

Neiva, Septiembre 9 de 2011

Firmado,

ASOCIACIÓN DE AFECTADOS POR LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO  -ASOQUIMBO-

 

ELSA ARDILA MUÑOZ                         

C. C.55.111.405

Presidenta

c.c.

BEATRIZ URIBE BOTERO

Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

CARLOS CASTAÑO URIBE

Viceministro de Ambiente

LUZ ELENA SARMIENTO

Directora de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales

ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO

Procurador General de la Nación

GLORIA ELSA RAMIREZ VANEGAS

Secretaria General con Funciones Asignadas de Defensor del Pueblo.

VIVIANE MORALES HOYOS

Fiscal General de la Nación

SANTIAGO A CANYON

Secretario Ejecutivo

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Washington

JOSE MIGUEL VIVANCO

Director para las Américas de Human Rights Watch (HRW)

CRISTIAN SALAZAR VOLKMANN

Representante de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia.

JUAN PABLO SOLER

Movimiento Nacional por la Defensa de los Territorios y los Afectados por Represas ¡Ríos Vivos! 

JORGE ENRIQUE ROBLEDO CASTILLO

Senador de la República

ALEXANDER LÓPEZ MAYA

Senador de la República

ALFONSO DECOLSA

PNUD Región Surcolombiana

OBSURDH

CARLOS SALGADO

Planeta Paz   

DEBATE CONGRESO DE LA REPÚBLICA: ASOQUIMBO EXIGE SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA A EMGESA

El 3 de agosto de 2011 se cumplió la Audiencia Pública en el Congreso de la República sobre “La Política del Sector Minero Energético y su impacto en los Territorios” con la presencia de más de  560 ciudadanos en representación de 49 procesos de resistencia, provenientes de 18 departamentos del país donde se denunció la angustiosa situación de las comunidades y la población bajo el impacto de los más de 9000 títulos mineros, los grandes megaproyectos y represas y las concesiones en petróleos y carbón, que han sido entregadas en su mayoría a grandes inversionistas nacionales y transnacionales.

La Asociación de Afectados por el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, integrante del Movimiento Nacional por la Defensa de los Territorios y las Comunidades afectadas por Represas ¡ Rios Vivos! se hizo presente con cerca de 100 delegados en representación de todas las poblaciones afectadas, en el mismo momento en que se movilizaban en el Huila decenas de volqueteros, paleros, partijeros hacia la zona industrial de obras, acompañados de pescadores que aún permanecen después de dos meses en sus cambuches, en playas del Río Magdalena, sin obtener respuesta del MAVDT a sus demandas de indemnización por graves violaciones a sus derechos. Paradójicamente, el Jefe de justicia de Paicol, Andrés Quintero a cambio de protegerlos, ordenó desalojarlos como “perturbadores” concediendo amparo policial a Emgesa a nombre de la seguridad ciudadana y de la utilidad pública, después de haber sido sancionada por los graves impactos sociales y ambientales causados por la construcción de la represa.

Los grandes ausentes en la Audiencia fueron la Ministra de Ambiente, Botero, el Viceministro Castaño y la Directora de Licencias Permisos y Trámites Ambientales, Sarmiento, responsables de la catástrofe económica, social, ambiental y cultural derivadas del otorgamiento de la Licencia. Su inasistencia confirma el desprecio por los afectados sin importar estar incurriendo en supuesto delito por omisión de sus responsabilidades de proteger los derechos humanos de las comunidades, atropelladas por Emgesa Enel, afectaciones que reconocieron tardíamente en la Resolución 1096 debido a las protestas en la región, el país y la solidaridad internacional con los desplazados por el Estado y las transnacionales.

Como investigador de la Universidad Surcolombiana  doy testimonio de las angustias de nuestras gentes ante la inminente pérdida de sus proyectos de vida por el despojo, la destrucción de las cadenas productivas, de nuestros ecosistemas, del patrimonio arqueológico y las modificaciones de la Licencia de acuerdo con las exigencias de las transnacionales.

Las Resoluciones  899 del 15 de mayo y 1628 del 21 de septiembre de 2009 (licencia Ambiental) fueron expedidas “arrollando las objeciones de campesinos, pequeños propietarios, ONG, profesionales del medio ambiente y la Procuraduría”, según el ex ministro de Minas Jorge Eduardo Cock Londoño. Se autorizó la desaparición y destrucción de una parte de la Reserva Forestal Protectora de la Amazonía, la mejor zona agrícola del Departamento del Huila. Hoy se reconocen  los daños ESCA por parte del MAVDT, la CAM, el ICANH y la Defensoría del Pueblo gracias a los estudios y las acciones de resistencia de Asoquimbo.

Cabe recordar que Engesa solicitó conciliación extrajudicial ante la Procuraduría Judicial para Asuntos Administrativos. Su argumento era “si no se modifican las excesivas cargas ambientales y obligaciones que le fueron impuestas (…) Emgesa estaría ante la imperiosa necesidad de desistir del proyecto… y se haría efectiva la garantía bancaria otorgada por Emgesa ante el gobierno nacional, por valor de USD $20 millones.” El 21 de abril de 2010 en desarrollo de la audiencia de conciliación extrajudicial, el MAVDT aceptó el chantaje de Emgesa de modificar la licencia reduciendo la inversión ambiental y social en aproximadamente 140 millones de dólares, equivalente al 20% de la inversión inicial. Para bien del país y la región, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca improbó la conciliación considerando que no fueron consultadas las instancias administrativas que habían conceptuado previamente sobre el Estudio de Impacto Ambiental, desconoció la participación de la comunidad y  no se “protegió la legalidad y los intereses patrimoniales del Estado y los derechos fundamentales”.

El Ministerio de Ambiente recurrió, entonces, al Decreto 2820 del 5 de agosto de 2010, (expedido por este despacho dos días antes de concluir el mandato del expresidente Uribe) y que fue  hecho a la medida para incorporar las pretensiones de Emgesa que habían sido  rechazadas por el Tribunal de Cundinamarca.  Según lo dispuesto en el parágrafo primero del artículo 51 Régimen de transición “…las autoridades ambientales ..”podrán realizar ajustes periódicos cuando a ello haya lugar, establecer mediante acto administrativo motivado las medidas de manejo ambiental que se consideren necesarias y/o suprimir las innecesarias”. Con fundamento en lo anterior, expidió la Resolución No. 1814 del 17 de Septiembre de 2010  burlando de esta manera el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y violando el mismo Decreto 2820 debido a que no cumple de fondo con ninguna de las condiciones establecidas para modificar la licencia ambiental. (Artículo 29°). Se trataba de salvar el negocio para lo cual se contó con el respaldo de sectores políticos del Huila, sacrificando las compensaciones de las poblaciones más vulnerables y el medio ambiente. Es imperioso que el Ministerio de Ambiente explique las razones por las cuales cedió a las pretensiones de Emgesa  y la valoración económica de la afectación del Patrimonio del Estado y los derechos fundamentales de los afectados, razones por las cuales el Tribunal de Cundinamarca objetó la conciliación extrajudicial.

De igual manera es importante que se aclare por qué no se cumplieron los siguientes compromisos derivados de la autodenominada “mesa de concertación” que  deberían concretarse previo al otorgamiento de la licencia ambiental: 1)  Participación accionaria del Departamento del Huila como socio del proyecto. 2) Reducción de la tarifa de energía para toda la población del Huila.  3) Modificación del periodo de explotación debido a que el Gobierno le entregó a Emgesa la utilización del embalse indefinidamente cuando la vida útil del mismo se ha calculado en 50 años. 4) Modificación de la naturaleza del proyecto de unipropósito a multipropósito.

Desde un comienzo interpusimos acción popular que aún reposa en el Tribunal Administrativo del Huila solicitando la suspensión provisional del trámite de la licencia ambiental como medida cautelar mientras se realizaban los estudios de Impacto Ambiental Alternativos.

Tres años después, producto de nuestro trabajo investigativo y la desobediencia y resistencia civil convocadas por Asoquimbo,  el Ministerio de Ambiente, mediante Resolución 1096 del 14 de Junio de 2011 impuso a Emgesa, medida preventiva de  “suspensión inmediata de las actividades de compra y de negociación de predios y de extracción de materiales y operación de la zona industrial”. Algunos de los impactos socioeconómicos, ambientales y culturales más graves y que constituyen vulneraciones de derechos fundamentales y un alto riesgo de exclusión causada por el proyecto que Emgesa desconoce con la anuencia del Ministerio de Ambiente son:  

- A medida que Emgesa ha venido adquiriendo predios, se han ido destruyendo continuamente empleos de grupos poblacionales afectados. En el caso de los partijeros, arrendatarios, jornaleros, mayordomos, (225 desplazados por el Estado) existe violación causada de derechos de manera grave para los cuales no se han constatado “las correspondientes medidas de manejo” ni las actividades que Emgesa implementará para garantizar “el restablecimiento de las condiciones socioeconómicas de las familias”.

- La desaceleración económica del área, que produce más de 36.000 toneladas de alimentos por un valor cercano a los  $ 62.000 millones anuales, según estudios recientes, debido a la disminución de la demanda de bienes y servicios, afectando las cadenas económicas de provisión de los mismos por grupos poblacionales como pescadores, paleros, areneros, transportadores, aserradores, comerciantes, lecheros.  Se suman los propietarios, poseedores y ocupantes que han visto afectada la producción, víctimas de la declaratoria de utilidad pública que en algún momento la bancada parlamentaria del Huila reclamaba su derogatoria al presidente Uribe como cuestión de honor.

- Emgesa no ha cumplido con los proyectos de Desarrollo Económico, Restablecimiento del Tejido Social, Acompañamiento y Asesorías, Atención a la Población Vulnerable y el seguimiento al Programa de Reasentamiento, que debieron haber sido ejecutados una vez iniciadas las obras de construcción preliminares…” Tampoco ha concluido los estudios de vulnerabilidad, etnográfico y de valoración económica de los impactos ambientales, estudios que son rechazados por las comunidades al constatar que sólo pretenden reducir las compensaciones sociales y ambientales.

- La valoración de los predios y viviendas se realizó otorgando un puntaje catastral y no comercial como lo exige el numeral 2 del artículo 10 del la ley 56 de 1981. De otra parte, la realización del inventario no se hizo a partir de la valoración agrológica de predios rurales. Además, se omitió la Ley  160 de 1994 al no regular la reubicación o el reasentamiento con base en la Unidad Agrícola Familiar y que para el caso de la Zona del Proyecto El quimbo comprende entre el rango de 30 a 50 hectáreas.

- De acuerdo con declaraciones del Ministro de Agricultura, aún no se sabe quién comprará las 2900 hectáreas que el Gobierno del Huila comprometió para que Emgesa contribuyera en “dar facilidades de riego y drenaje”, es decir, no existe ninguna garantía de restituir parte de la producción agroalimentaria de construirse el Proyecto.

- La Corporación Autónoma del Alto Magdalena, mediante Resolución 1349 del 2011 impuso “unas medidas preventivas” a Emgesa al constatar que  “se está ante la presencia de grave afectación del componente suelo, agua, forestal, fauna entre otros, por razón de la ejecución de actividades dañinas habida cuenta de la magnitud de sus efectos nocivos”, entre estos, la destrucción de la actividad productiva y los proyectos de vida de los pescadores que han sido desplazados de su hábitat natural. Es imperativo que la CAM informe públicamente sobre la cuantía de la magnitud de los daños recientes y si es cierto que el costo de los mismos supera el valor total de las compensaciones ambientales establecidas en la Licencia. La respuesta nos permitiría conocer la magnitud del ecocidio causado por Emgesa. De igual manera, requerimos saber si ya se abrió investigación, conforme  al Artículo 16 de la ley 1333 de 2009, para iniciar procedimiento sancionatorio ambiental en contra de la empresa EMGESA y suspender definitivamente la Licencia Ambiental.  

 - Han fallecido 10 ancianos afectados sicosocialmente por el temor a abandonar su territorio y presionados por  Emgesa para que acepten exiguas compensaciones. Asoquimbo exige investigación al respecto.

- Afectación del Patrimonio Arqueológico debido al tratamiento ilegal de hallazgos arqueológicos por Emgesa, razón por la cual el Instituto Colombiano de Antropología e Historia ordenó suspensión de obras mediante Oficios  1746 y 1749 de 2011, sin el acatamiento de lo dispuesto, por el alcalde Municipal de Gigante. CARLO EMILIO PIAZZINI Director General (E)  del Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH, mediante oficio del 5 de agosto de 2011 dirigido al Señor             Emilio Otero  Secretario General del Congreso de la República informa que: “El 1o de agosto de 2011, mediante resolución No. 102, luego de evaluar la situación y al considerar que existe mérito suficiente para tal efecto, el ICANH dio inicio formal  al trámite sancionatorio contra los implicados en el caso de los hallazgos fortuitos realizados en el mes de abril de 2011, vinculando a las empresas EMGESA y Constructora Maja como posibles infractoras del régimen de protección del patrimonio arqueológico”. Sin embargo, no es claro el procedimiento realizado para levantar la suspensión de las obras.

Debido al desconocimiento del legítimo Derecho a la Información tal como lo había denunciado la defensoría del pueblo en los siguientes términos: “restricción del Derecho a la Información a los grupos en situación de vulnerabilidad, lo que implica que desconozcan las medidas de compensación que deben beneficiarlos” y a la pérdida absoluta de credibilidad de los afectados en la Empresa por el incumplimiento sistemático de sus obligaciones destruyendo sus proyectos de vida, Asoquimbo y las comunidades aprobaron suspender cualquier proceso de negociación con Emgesa  y de participación en los estudios de vulnerabilidad, etnográficos, etc. Es competencia del Ministerio de Ambiente, responsable de la firma de la Licencia, como institución del Estado, garantizar los derechos a los afectados y tramitar y respaldar las compensaciones exigidas por cada una de las poblaciones.

Emgesa burlándose de las medidas preventivas, no sólo continuó con la negociación de predios, prohibida por la Resolución 1096, sino que a medida que los iba adquiriendo fue destruyendo la actividad productiva, viviendas,  escuela e infraestructura, en fin, la memoria y los proyectos de vida de las comunidades de Domingo Arias presionando de manera violenta a quienes se han negado a entregar sus dominios, por exiguas compensaciones, para que abandonen su territorio. El MAVDT que impuso la medida cautelar mantiene silencio cómplice frente a este crimen de lesa humanidad.

Ante la ausencia del Estado, de las autoridades ambientales y de los organismos de control se instaló la Mesa de Protección de Derechos con la presencia de las Comunidades Afectadas y organismos nacionales e internacionales de Derechos Humanos para exigir al  Estado que asuma la reparación de los daños causados a toda la población directa e indirectamente afectada como la destrucción de las actividades socioeconómicas, los tejidos sociales, los empleos y jornales de trabajo por desplazamiento, las graves afectaciones psicosociales y muertes por presiones inhumanas y la garantía de subsidios para la creación de una  Reserva Campesina Agroalimentaria para la Zona de El Quimbo.

Para tal efecto, se exige al MAVDT  la expedición de  un Acto Administrativo que imponga a la empresa medida de suspensión inmediata de todas las obras del Proyecto y de la licencia ambiental, de acuerdo con la solicitud de la Defensoría del Pueblo, como condición necesaria para la protección de los derechos, la adopción de medidas por el Ministerio de Protección Social de indemnización por los daños causados y garantía de cumplimiento de las Resoluciones 1096 del MAVD, 1349 de la CAM y  102 del ICANH.

Asoquimbo expresa su indignación por la  actitud del MAVDT de no responder, como lo ordena la Ley, los Derechos de Petición formulados por todos los afectados y, específicamente, de los pescadores artesanales donde reclaman entre otros:

1)      La adopción de medidas orientadas a indemnizar la pérdida de ingresos de todas las poblaciones afectadas con las obras del proyecto y, específicamente, de los arrendatarios, partijeros, mayordomos, jornaleros, pescadores y otras poblacionales que han perdido su empleo o han visto disminuidos dichos ingresos  por la compra de los predios donde laboraban y/o por los procesos de negociación adelantados. A los grupos poblacionales como paleros, areneros, transportadores, aserradores, comerciantes, lecheros por la desaceleración económica del área debido a la disminución de la demanda de bienes y servicios afectando las cadenas económicas de provisión de los mismos. Y a los propietarios, poseedores, ocupantes afectados por la desaceleración económica debido a la declaratoria de utilidad pública. Corresponde al  Ministerio de Seguridad Social,  con fundamento en las fuentes proporcionadas por las instituciones locales y sobre la base del ingreso promedio mensual derivado de la actividad de cada población garantizar la inmediata indemnización y el restablecimiento de la actividad productiva.

2)      Realizar un estudio sobre los costos económicos, sociales, ambientales y culturales de los “impactos no previstos” y la indemnización de las comunidades y la Región por los daños causados. Además, informar públicamente sobre cuáles son los beneficios para la región y las comunidades del Proyecto después de haber reconocido la existencia de los “impactos imprevistos” y de imponer las medidas preventivas contra Emgesa.

3)      Las autoridades competentes deben certificar si existe mérito para abrir investigación disciplinaria a funcionarios del MAVDT, la CAM, el ICANH y la Procuraduría Ambiental Agraria por supuesta omisión de sus responsabilidades al comprobarse la existencia de graves daños causados por la construcción del P.H. El Quimbo. 

Asoquimbo propone la creación de una Comisión integrada por representantes de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes en cabeza de la Senadora Consuelo González de Perdomo, el Senador Alexander López, convocante de la Audiencia Pública el pasado   3 de agosto, un representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, el Delegado permanente del PNUD Región Surcolombiana, el Defensor Nacional del Pueblo, los Ministros de Agricultura, Cultura y Protección Social y la Junta Directiva de Asoquimbo con el propósito de realizar el control y seguimiento sistemático del cumplimiento de la Constitución Política de Colombia y de los Acuerdos Internacionales relacionados  con la Protección de los DESCA y, específicamente,  del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, e informar a las autoridades competentes y organismos nacionales e internacionales de Derechos Humanos y acompañar a las comunidades afectadas en los procesos de reclamaciones de Indemnización por los Daños Causados a partir de la Declaratoria de Utilidad Pública del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo. Esta Comisión debe trasladarse de inmediato al Departamento del Huila como garante de la Protección de los Derechos Humanos de los Afectados por El Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, garantizando la legítima protesta e impidiendo el desalojo de los pescadores artesanales hoy reconocidos por su valor de defender el territorio y el derecho colectivo al medio ambiente.

Asoquimbo convoca a los colombianos y a los Huilenses a defender nuestro territorio y nuestras comunidades participando en nuevas acciones de resistencia que se cumplen a partir de hoy y promoviendo una Consulta Popular en las elecciones del 30 de octubre, a través de papeleta especial, por una Reserva Campesina Agroalimentaria para la Zona de El Quimbo y contra la invasión de nuestros territorios por transnacionales ecocidas como Endesa Emgesa Enel.  De igual manera, convoca a los movimientos sociales de España e Italia para que denuncien los atropellos contra los Derechos Humanos causados por estas empresas y alerta a sus accionistas para que su inversión no corra riesgo en  la represa El Quimbo que desde ya anunciamos será objeto de demanda de nulidad de su licencia con la convicción de proteger nuestras comunidades, la biodiversidad, el río Magdalena, el Macizo colombiano, la seguridad alimentaria y el legítimo derecho de la humanidad a un ambiente sano.

Links: videos sobre El Quimbo:

http://www.youtube.com/watch?v=neRlkRXffMQ 

http://www.youtube.com/watch?v=7WzRCk5SjKc

http://www.youtube.com/watch?v=Nq9ouShBFKc&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=2Oj9c1g8QiE&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=o5mooeLSe1c

http://www.youtube.com/watch?v=5TWhaasH0CY

http://www.youtube.com/watch?v=xhPd2tQmaso

http://www.youtube.com/watch?v=brmn2IOrVec&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=H1Pa86w_gNc&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=0RJ435QQOsQ

 

Ponencia:

 

MILLER ARMÍN DUSSÁN CALDERÓN

Profesor Investigador Universidad Surcolombiana

Miembro de Asoquimbo.

Bogotá, Congreso de la República, 16 de agosto de 2011 

ASOQUIMBO: LOGROS DE LA DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA CIVIL

ASOQUIMBO: LOGROS DE LA DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA CIVIL

Características Generales de la Zona del Proyecto

El proyecto hidroeléctrico El Quimbo, concesionado por el Gobierno Colombiano a la empresa colombo-española Emgesa (subsidiaria de Endesa y actual propiedad de la italiana ENEL), está ubicado en la región central del Huila, en el sitio denominado El Quimbo: 9000 hectáreas de 6 Municipios del Huila, Reserva Forestal Protectora de la Amazonía, y del Macizo Colombiano; con 300.000 habitantes de los cuales aproximadamente 2.000 serían desplazados, la mayoría vinculados a 8 empresas comunitarias en plena producción agropecuaria, (cacao, sorgo, maíz, arroz) por un valor de 33.000 millones de pesos anuales. Cuenta con 842 hectáreas de bosque ripario y tropical seco, poblaciones de peces que son básicos para la seguridad alimentaria, 103 especies de aves, 13 especies de reptiles y tres especies de mamíferos en severo peligro: la pacaraná, el mono nocturno de manos grises y la nutria neotropical. 

1.-  Problemática

-       Distribución inequitativa de la tierra y desplazamiento o despojo de las comunidades más afectadas debido a la alta informalidad de la propiedad. En resumen, se presentan los siguientes casos: 1) personas dueñas del predio que lo certifican con escritura pública 2) personas que están ocupando predios baldíos y no tienen título de propiedad (porcentaje mayor  de la población y su condición tiene como antecedente las luchas por la propiedad de la tierra de los años 60 y 70) a quienes les han  ofrecido títulos pero a nombre de utilidad pública, es decir, a nombre de la multinacional 3) personas que ocupan terrenos privados abandonados, son poseedores de buena fe que ocupan los predios bajo la figura de pertenencia y 4) el caso de las sucesiones ilíquidas, es decir, las que nunca se hicieron de abuelos a hijos. Un caso especial relacionado con la propiedad de los predios, que implicaría procesos judiciales de parte de la comunidad, obedece a que Emgesa, no realizó la oferta de compra a los poseedores de los mismos en el plazo establecido  según la resolución 321,  sino directamente al INCODER  que se apropió de los predios sin tener en cuenta que el INCORA había desenglobado los mismos mediante Resolución 1081 de 2002 pero que nunca los adjudicó otorgando los respectivos títulos de propiedad, razón por la cual se debe apelar de conformidad con la Ley 393 y acudir a la Procuraduría General de la Nación.

-          Existen poblaciones consideradas vulnerables como los jornaleros, pescadores, paleros, areneros, volqueteros, aserradores, transportadores, tenderos y otros  para quienes no se ha garantizado el restablecimiento de las condiciones socioeconómicas ni alternativas productivas. (La problemática social generada por el Proyecto Hidroeléctrico es reconocida en la Resolución 1096 del 14 de junio de 2011 expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial sobre medidas preventivas de suspensión de actividades del mismo)  

-          Grave afectación del medio ambiente que condujo a la orden de suspensión de obras del Proyecto por parte de la Corporación Autónoma del Alto Magdalena mediante Resolución 1349 del 14 de Junio de 2011.

-          Afectación del Patrimonio Arqueológico reconocido por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia al ordenar suspensión de obras mediante Oficios  1746 y 1749 del 7 de junio de 2011. 

-          Ausencia del Estado y de sus Organismos de Control cohonestando con la vulneración de los Derechos Sociales, Económicos, Culturales y Ambientales de los afectados por el Proyecto.

-          Despojo y desplazamiento a los habitantes ubicados en las 9.000 hectáreas que serían inundadas con serias afectaciones a las poblaciones contiguas al embalse.

-          Afectación de la seguridad alimentaria de la región al inundar la zona que actualmente produce unas 36.000 toneladas de alimentos por un valor cercano a los 33.000 millones de pesos anuales.

-          Agravamiento de la pobreza, el desempleo, la delincuencia común y la inseguridad general de la población de la zona, con  graves implicaciones en aspectos como la salud, educación, vivienda y demás Derechos Humanos de la población.

-          Desintegración del tejido social y destrucción de raíces culturales, tradiciones ancestrales y riquezas arqueológicas y paleontológicas.

-          Destrucción de fauna y flora nativa incluidas varias especies endémicas y bosque Ripario de la Reserva Forestal Protectora de la Amazonía, con la sobreviviente afectación de los ecosistemas y el agravamiento del daño medioambiental.

2.- La Ley al servicio de las transnacionales

En julio de 1997 el Ministerio del Medioambiente había negado el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo afirmando que "ninguna de las alternativas presentadas en el diagnóstico ambiental era viable". Y en noviembre de 2007, ante una solicitud de Emgesa con un mes de anterioridad, el mismo Minambiente conceptuó, considerando sólo los aspectos pecuarios y agrícolas, que el proyecto Quimbo era "socioeconómicamente viable" (ver oficio 5742 del 9 de mayo de 2008 dirigido al senador Jorge Enrique Robledo por el director de Desarrollo Rural, Javier Romero Mercado). No se conocen los estudios sobre los aspectos pecuarios y agrícolas que determinaron la viabilidad socioeconómica del proyecto.

El Gobierno Colombiano no ordenó a una entidad nacional confiable el estudio socioeconómico sobre el Megaproyecto, previsto en el parágrafo del Art. 6 de la Ley 56/81 que a la letra dice: "...en el caso de obras pertenecientes a empresas privadas, el estudio socio-económico será hecho por la entidad que señale el Gobierno" Por el contrario, el Gobierno se basó para el otorgamiento de la concesión, en estudios realizados por la empresa Emgesa, que como se ha demostrado en los diferentes foros sobre el tema, desconocen o no tienen en cuenta aspectos prioritarios para las comunidades y la región. Además, es obvio que no se puede ser juez y parte a la vez.

El Gobierno Colombiano mediante la Resolución 321 de septiembre 1 de 2008, declaró de “utilidad pública e interés social los terrenos necesarios para la construcción y operación del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo” a favor de la Empresa Endesa Emgesa, sin haber consultado ni acordado previamente con las comunidades afectadas, como lo consigna la legislación colombiana y la Comisión Mundial de Represas. La medida ha causado daños a las actividades productivas de las comunidades y personas por la imposibilidad de acceder a las fuentes crediticias, la negación de subsidios estatales e inversiones en infraestructura y redes prestadoras de servicios sociales y, especialmente, por la incertidumbre generada con relación al futuro de los proyectos de vida. Otorgó la Licencia Ambiental, mediante Resolución 0899 de mayo de 2009 “arrollando las objeciones de campesinos, pequeños propietarios, ONG, profesionales del medio ambiente, y Procuraduría”[1].

Mediante Resolución 1628 del 21 de agosto de 2009 se ratificó la licencia ambiental aceptando las exigencias presentadas por Emgesa, desmontando los compromisos pactados con las comunidades y flexibilizando los plazos y condiciones para la presentación de los “estudios y programas” a cargo de la Empresa (juez y parte), mientras avanza de hecho en la construcción de la obra. Modificó las compensaciones sociales y ambientales mediante la Resolución 1814 de septiembre de 2010 por presiones de Emgesa Enel, con el aval del Gobierno de Santos, desconociendo el   fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca del 31 de agosto de 2010 que improbó la conciliación extrajudicial entre el MAVDT y Emgesa debido a que no sólo desconocía el principio constitucional de la participación de las comunidades sino por desacato de los funcionarios al no sujetarse al estricto cumplimiento de la Ley, porque una conciliación extrajudicial, según el Tribunal, es para “proteger la legalidad y los intereses patrimoniales del Estado y los derechos fundamentales”, desconociendo, además el concepto técnico de la autoridad ambiental regional, para este caso la CAM.

 3.- Logros recientes de la resistencia

La Asociación de Afectados por el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo -ASOQUIMBO- ha liderado el proceso de resistencia a través de debates en la Asamblea del Huila, el Congreso de la Republica, foros, talleres, asambleas con los afectados, movilizaciones sociales, acciones jurídicas, solicitud de Misión especial de verificación a la CIDH, Encuentro Nacional de soberanía energética y alimentaria sustentables, participación en el III Encuentro Internacional de Afectados por represas en Temacapulín México y en la construcción del Movimiento Nacional por la Defensa de los Territorios y Afectados por Represas ¡Rios Vivos! Se pretende impedir la construcción del embalse y preservar el desarrollo ecosocial de la Región, al convertir la zona en una Gran Reserva Campesina Agroalimentaria con subsidios estatales y asistencia técnica, en particular, para cada uno de los pequeños y medianos productores agrícolas, como las actuales empresas comunitarias que desde hace más de 40 años cultivan estas tierras al servicio y utilidad general de todos los huilenses, la inmediata  indemnización y restablecimiento de los derechos de todos los afectados, el estudio y el uso de energías alternativas de acuerdo con las potencialidades naturales de la región (solar, eólica, geotérmica, biomasa y micro represas).

Asoquimbo solicitó  ante la Asociación Española de Normalización y Certificación, AENOR (SASC por su nombre en inglés) a través de International Rivers que el proyecto hidroeléctrico El Quimbo no sea certificado como Mecanismo de Desarrollo Limpio, fundamentalmente porque el costo socioeconómico, ambiental y cultural no compensa los beneficios para la sociedad huilense, y en su implementación está desconociendo recomendaciones de la Comisión Mundial de Represas, en particular, la omisión de la participación de los afectados,  el desconocimiento de la normatividad ambiental y de procedimientos legales en el proceso de licitación y licenciamiento del Proyecto violando convenios y tratados firmados por Colombia en el ámbito ambiental y la advertencia de la científica climática Payal Parekh, directora del Programa Climático de International Rivers quien al comentar la documentación presentada por Emgesa y sus argumentos respecto de los riesgos geotécnicos tales como los deslizamientos de tierra y terremotos, afirma categóricamente que: “Si hay un riesgo grande de este tipo de catástrofes naturales, entonces no es prudente construir una represa en la región y ninguna cantidad de dinero de la venta de créditos de carbono puede disminuir este riesgo y proteger un proyecto de tales calamidades. Una decisión inteligente es no construir en las regiones propensas sísmica”.

 Ante los incumplimientos del Ministerio de Ambiente y de  Emgesa, el 5 de junio de 2011 Asoquimbo DECLARÓ LA DESOBEDIENCIA CIVIL Y LA MOVILIZACIÓN PERMANENTE por la suspensión de la licencia y las obras del proyecto, el restablecimiento pleno de los derechos y de la actividad productiva de todas las comunidades indemnizándolas por los daños causados, la restitución de los predios adquiridos por Emgesa para quienes han sido desplazados de los mismos ilegalmente por el Estado, la conformación de una Mesa por la Defensa y Protección de los Derechos Humanos de las Comunidades, la presencia inmediata de una Misión Especial del Comité Interamericano de Derechos Humanos y la convocatoria a las organizaciones sociales, ONG ambientalistas, ciudadanas y ciudadanos a realizar acciones de resistencia civil  por la defensa de nuestro territorio, el patrimonio de la nación, la biodiversidad natural y genética, el Medio Ambiente y la construcción de una Reserva Campesina Agroalimentaria para la Región de El Quimbo que hacen parte de la lucha del Movimiento Nacional e internacional por la defensa de nuestros territorios y las Comunidades Afectadas por represas, de construir una política soberana y autónoma  energético-minero-agroalimentaria para nuestro país.

 

En respuesta a Derecho de Petición y denuncias formuladas por Asoquimbo, el 7 de Junio de 2011, mediante oficios 1746 y 1749, el Instituto Colombiano de Antropología e Historia notificó a Emgesa y al Alcalde Municipal del Municipio de Gigante respectivamente se “suspenda de inmediato las obras que está adelantando la Empresa Emgesa, sin que hasta el momento se haya cumplido la decisión del ICANH

A partir del 7 de Junio, los pescadores artesanales se movilizaron por el Río Magdalena hasta la Zona contigua a la vereda Domingo Arias con el propósito de exigir la indemnización de los daños causados por la construcción del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo y el restablecimiento de la actividad productiva y las condiciones de bienestar. El  11 y 12 de Junio con el acompañamiento de 200 personas de diferentes poblaciones afectadas se avanzó hasta las entradas a la zona industrial donde se realizan las obras, para exigir el cumplimiento de los oficios 1746 y 1749 del ICANH. Producto de estas acciones de resistencia son los siguientes pronunciamientos considerados como nuevos logros de Asoquimbo:

El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante Resolución 1096 del 14 de Junio de 2011  impuso a la empresa Emgesa S.A. E.S.P., medida preventiva, consistente en “la suspensión inmediata de las actividades de compra y de negociación de predios afectados por el proyecto y la suspensión inmediata de las actividades de extracción de materiales y operación de la zona industrial contigua a la vereda de Domingo Arias del Municipio de Paicol, ubicadas dentro de la misma”. La Resolución no consideró las evidencias señaladas anteriormente que ocasionaron la destrucción de las actividades productivas y los proyectos de vida de la población de pescadores.

La CAM, mediante Resolución 1349 del 14 de Junio de 2011, impuso “unas medidas preventivas” a Emgesa que “impidan la continuación de la ocurrencia de actividades que atentan contra el medio ambiente y los recursos naturales renovables”. La CAM confirmó, entre otros, los hechos denunciados por los pescadores al considerar que “Del concepto técnico obrante en el plenario, se concluye existencia probable de efectiva vulneración de los recursos naturales y el medio ambiente habida cuenta de la existencia de impacto ambiental negativo sobre los mismos lo que implica la inobservancia al deber de protección y preservación que a todos nos atañe como patrimonio común que es, su carácter de utilidad pública e interés social. En el presente caso, se está ante la presencia de grave afectación del componente suelo, agua, forestal, fauna entre otros, por razón de la ejecución de actividades dañinas cuyo ejercicio se deplora habida cuenta de la magnitud de sus efectos nocivos” Entre esos efectos nocivos se destaca la destrucción de la actividad productiva y los proyectos de vida de los pescadores.

El 19 de junio durante la edición del Noticiero Noticias Uno TV “Minambiente ordena suspensión de la construcción de la Hidroelectrica El Quimbo” se aportaron evidencias   y testimonios que confirman las  medidas preventivas impuestas por la CAM, producto de verificación en campo, razón por la cual corresponde al MAVDT como autoridad ambiental competente investigar las denuncias publicadas por Noticias Uno y evaluar,  conforme al Artículo 16 de la ley 1333 de 2009, si existe mérito para iniciar procedimiento sancionatorio ambiental en contra de la empresa EMGESA SA E.S.P., titular de la licencia para el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo y suspender definitivamente la Licencia Ambiental.  

La Asociación de Afectados por el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, ante la ausencia de las autoridades ambientales y culturales y los incumplimientos sistemáticos de las medidas preventivas por parte de Emgesa, decidió apoyar la presencia permanente de pescadores artesanales que aún permanecen en la Zona contigua a la Vereda Domingo Arias con el propósito de verificar y exigir a Emgesa que cumpla con las disposiciones del ICANH, MAVDT y de la CAM y se expida un Acto Administrativo a través del cual se imponga a la empresa EMGESA S:A: E;S:P:, medida preventiva consistente en suspensión inmediata de todas las obras del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo para garantizar la protección de los derechos de todos los afectados, particularmente los pescadores, restituir su actividad económica debido a que han sido desplazados y se han perdido o disminuido sus ingresos, tal como se evidencia en los testimonios, pruebas y medidas preventivas aportadas e impuestas por la CAM (Resolución 1346 y las denuncias e imágenes publicadas por el Noticiero Noticias Uno TV,  el 19 de Junio.)

El 10 de Julio de 2011 en el Poblado Rioloro Gigante Huila se instaló la Mesa Por la Defensa de los Derechos Humanos e Indemnización por los Daños Causados a las Poblaciones Afectadas por el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, encargada de: 

a)       Realizar el control y seguimiento sistemático del cumplimiento de la Constitución Política de Colombia y de los Acuerdos Internacionales relacionados  con la Protección de los DESCA y, específicamente,  del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, e informar a las autoridades competentes

b)      Realizar acompañamiento a las comunidades afectadas en los procesos de reclamaciones de Indemnización por los Daños Causados a partir de la Declaratoria de Utilidad Pública del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo.

http://www.suregion.com/mesaderechosquimbo.html

El 3 de agosto se realizará una Audiencia Pública en el Congreso de la República sobre “Política Minero Energética y sus Conflictos Sociales” donde participarán todos los movimientos de resistencia contra megaproyectos minero-energéticos. Preparatorio a la Audiencia se cumplió en la Reserva Forestal El Viche en la Zona de El Quimbo un Panel Itinerario sobre la temática anunciada el 9 de Julio de 2011 convocado por El Movimiento Nacional por la Defensa de los Territorios ¡Rios Vivos!

http://www.suregion.com/movimientoresistencia.html

  

Mayor información en:

 

http://millerdussan.blogia.com

www.surcolombiano.com

http://plataformasur.blogia.com

www.suregion.com

Links videos y registros TV Noticias Uno

http://www.youtube.com/watch?v=brmn2IOrVec&feature=player_embedded

http://www.noticiasuno.com/noticias/director-general-de-emgesa-dice-que-no-suspendern-las-obras-.html

http://www.youtube.com/watch?v=H1Pa86w_gNc&feature=player_embedded#at=90

http://www.youtube.com/watch?v=xhPd2tQmaso

http://www.youtube.com/watch?v=o5mooeLSe1c&feature=autoshare

http://www.youtube.com/watch?v=jrvdF5k4oug

http://www.youtube.com/watch?v=Nq9ouShBFKc

 

Miller Armín Dussán Calderón

Profesor e Investigador de la Universidad Surcolombiana

Miembro de Asoquimbo

 

Neiva, Julio 15 de 2011                                                                                                                            



[1] Ver, Jorge Eduardo Cock, ex ministro de Minas, “Medio ambiente: ni leyes ni razones y mucho atropello” publicado 10 de junio de 2009