ENEL CONVOCA UNILATERLAMENTE REUNIONES CONTRA PROCEDIMIENTO ORDENADO POR EL CONSEJO DE ESTADO

Asamblea extraordinaria Asoquimbo
La transnacional Enel convocó para el 15 de mayo de 2025 en Garzón Huila a la Población Residente No Propietaria (RNP) censada y beneficiaria del compromiso de adecuación de riego por gravedad de 2700 hectáreas, en el marco del cumplimiento de la Licencia Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo con el propósito de “brindar información de gran importancia sobre el alcance y propuesta de modificación de esta información”, sin que la ANLA previamente haya informado a la población sobre la metodología de participación, la transparencia y el acceso a la información.
El Consejo de Estado el pasado 9 de agosto de 2024 declaró la nulidad parcial de la licencia ambiental de la represa del Quimbo, después de 10 años de litigio, donde las comunidades víctimas de Enel Emgesa lograron demostrar que las medidas para restaurar la actividad productiva y las tierras a compensar, contenidas en las obligaciones de la licencia ambiental, fueron insuficientes para compensar los graves impactos y daños producidos a nuestros campesinos y a todo el Huila, por la instalación irregular de la represa.
Precisamente, el Consejo de Estado, declaro nulo: las expresiones “[…] 5.200 ha […]” y “[…] cinco mil doscientas 5.200 ha […]”, contenidas en los numerales 2° y 6°, respectivamente, del artículo décimo segundo de la licencia ambiental y ordena a la Autoridad de licencias ambientales (ANLA) su modificación con el fin de lograr una VERDADERA y REAL COMPENSACIÓN a toda la población campesina afectada en lo que respecta a las obligaciones de tierras y compensación de la actividad productiva. Se resalta que de acuerdo con las consideraciones del fallo, el Consejo de Estado determinó que la cantidad de tierras a compensar fue insuficiente y no se basó este numero en estudios técnicos pertinentes para evaluar la gravedad del impacto en la cadena productiva que se produjo en la región del Huila debido a la instalación de esta represa por parte de Enel Emgesa.
El Consejo de Estado, en la confirmación del fallo#mce_temp_url#, ratificó que corresponde a la ANLA implementar el proceso, razón por la cual la convocatoria de ENEL no sólo va en contra del procedimiento ordenado por el máximo tribunal de lo contencioso administrativo sino que impide que campesinos y autoridades locales participen con garantías en el proceso de modificación. Además, se requiere la presencia de autoridades veedoras como la Defensoría del Pueblo, la Contraloría y la Procuraduría.
Se recomienda a la comunidad campesina, a las autoridades del departamento del Huila que con el fin de lograr un proceso con garantías para la implementación de este trascendental fallo NO ACEPTEN ninguna propuesta de la empresa ENEL sobre modificación de la licencia hasta que la ANLA se reúna con todos los afectados y autoridades locales y fije la metodología para garantizar un proceso transparente, participativo, donde el departamento del Huila y sus campesinos puedan recuperar la actividad productiva que esta represa destruyó.
Miller Dussán Calderón
Fundador de Asoquimbo
Profesor Universidad Surcolombiana.
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