TRIBUNAL ORDENA INSCRIPCIÓN DE LISTA DE DEFENSORES DEL TERRITORIO
El 19 de diciembre, en mi calidad de accionante, fui informado mediante correo electrónico del Auto admisorio del Tribunal Administrativo del Huila proferido el 18 de diciembre en el que se decreta la medida provisional de ordenar a la Registraduría del Estado Civil delegada Huila la inscripción del Comité Promotor Grupo Significativo de Ciudadanos “DEFENSORES DEL TERRITORIO” con el fin de participar en las elecciones a la Cámara de Representantes a realizarse el 11 de marzo de 2018, con la opción de voto NO preferente del Departamento del Huila, presentando como aspirantes a los ciudadanos Miller Dussán, Jenniffer Chávarro, Saul Vargas y Neida Jimena Chávarro.
Dentro de las consideraciones para la admisión expresa que “esta agencia judicial conocerá a prevención la presente acción de tutela… bajo el entendido que en este caso el accionante y su coadyuvante no deben correr con la carga de la desidia del operador jurídico que en el presente caso se apartó de las reglas de reparto a las que se hizo alusión y al precedente constitucional, que ya ha sido bastante claro y reiterativo al respecto”.
Con relación a la inscripción provisional sin el requisito de la constitución de póliza de seguros el despacho advierte que “nos encontramos ante la inminencia de la ocurrencia de un perjuicio irremediable, pues la fecha límite de inscripción de la candidatura para las Elecciones del Congreso de la Republica -2018, se estableció hasta el 11 de diciembre de 2017, y teniendo en cuenta además que la presente acción se radicó el 7 de diciembre pasado, se accederá a la solicitud conforme a la jurisprudencia de la Corte Constitucional contenida en la Sentencia T-117 de 2016”, destacando que “En este sentido, las aseguradoras no pueden exigir como requisito para la expedición de pólizas de seriedad de candidatura una contragarantía, en ejercicio de su “autonomía de voluntad”, pues impone una barrera de acceso al ejercicio del derecho fundamental de participación política, obstáculo que carece de justificación constitucional o legal y, además, desnaturaliza el contrato de seguros” que fue precisamente el argumento constitucional que invoqué para que se garantizara el derecho a la participación de grupos significativos de ciudadanos como Defensores del Territorio.
El 20 de diciembre solicité a la Registraduria me informe sobre las actuaciones realizadas para dar cumplimiento al mencionado Auto. El mismo día, la Doctora Yanira Córdoba Rivera, profesional universitario, respondió mediante correo electrónico: “me permito comunicarle que hasta la fecha el Juzgado no ha puesto en conocimiento a la Delegación Departamental del Huila sobre el resultado de la Acción de Tutela interpuesta por usted, por lo tanto no es factible darle una respuesta hasta tanto no tengamos conocimiento oficial del respectivo fallo, donde se nos notifique el resuelve que definió el juez en su tutela. Estaremos atentos a acatar las órdenes que imparta el juzgado”.
En consecuencia, DEFENSORES DEL TERRITORIO, espera que en el menor tiempo posible la Registraduria cumpla con la orden del Tribunal.
La decisión del Tribunal es un logro significativo de Defensores del Territorio para todos los Movimientos Sociales y Grupos Significativos de Ciudadanos a quienes se les negó la inscripción de candidatos al Congreso por no cancelar desproporcionadas sumas de dinero como contragarantías para el otorgamiento de la póliza de seriedad, en contra del derecho a la participación política.
Miller Armín Dussán Calderón
Coordinador Defensores del Territorio
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