FISCALIA CRIMINALIZA PROTESTA SOCIAL CONTRA EL PH EL QUIMBO
En Audiencia realizada el 10 de agosto de 2016 en El Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Gigante Huila, el Fiscal 21 de Garzón, Carlos Francisco Tovar formuló imputación al Profesor de la Universidad Surcolombiana y representante legal de Asoquimbo, Miller Dussán Calderón y a la líder Social Elsa Ardila Muñoz, exdirectiva de la organización, por el supuesto delito de “obstrucción a vías públicas que afectan el orden público”, en referencia a las protestas sociales contra el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo.
El apoderado, Doctor Germán Romero, rechazó la medida por 3 graves falencias:
Primero, no existe inferencia razonable expresada por el fiscal para la imputación, debido a que no aclaró en ningún momento cuál es la inferencia razonable más allá de las denuncias presentadas por Emgesa. A la fiscalía le asiste la obligación de realizar acciones y labores de investigación activa para confirmar los hechos denunciados. Se limitó única y exclusivamente a relatar lo manifestado en la denuncia presentada por Emgesa y apoyada por entrevistas realizadas a funcionarios de la empresa, personas que están subordinadas al denunciante, situación que afecta la espontaneidad y libertad de lo expresado en la entrevista.
La otra falencia grave es que la Fiscalía hace una interpretación errónea del parágrafo del artículo 353a al limitar las manifestaciones pacíficas o públicas a la obtención de permiso de las autoridades competentes, contraviniendo la Sentencia 742/12 de la Corte Constitucional. El Fiscal desconoció el legítimo derecho a la protesta social.
El tercer grave error es que la Fiscalía no cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 287 del Estatuto Procedimental Penal en la medida en que la inferencia razonable tenga que ver con el supuesto uso de medidas ilícitas.
Asoquimbo había advertido con anterioridad a la Audiencia que no se garantizó el Derecho al Debido Proceso, a la Defensa y a la Libertad, fundamentado en el artículo 282 de la ley 906 de 2004 que sobre interrogatorio al indiciado establece la garantía efectiva de los derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO y a la DEFENSA TÉCNICA y a ser escuchado previamente en el trámite de sustanciación penal y al artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la cual es de CARACTER VINCULANTE PARA EL ESTADO COLOMBIANO y sus instituciones judiciales, incluyendo la Fiscalía General de la Nación, al ordenar: "Artículo 8. Garantías Judiciales 1. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter. "
La Audiencia de Imputación demostró la validez de lo advertido por “La Comisión Internacional de Juristas en su Informe de Misión, 2016, “El Quimbo: megaproyectos, derechos económicos, sociales y culturales y protesta social en Colombia”[1] al afirmar que “varios activistas de la comunidad han sido objeto de denuncias penales por parte de funcionarios de Emgesa. La última fue una denuncia contra el representante Legal de Asoquimbo, Miller Dussán. Esas denuncias pueden ser consideradas como tentativas de criminalizar el ejercicio legítimo de la protesta social y el trabajo de defensores de Derechos Humanos”.
El Movimiento Regional por la Defensa del Territorio y la Vida ¡Rios Vivos” y Asoquimbo destacan las expresiones de solidaridad ante los intentos de criminalizar el ejercicio de la protesta social y el acompañamiento durante el desarrollo de la Audiencia de campesinos, pescadores y demás víctimas del Quimbo, de miembros de la Iglesia Católica encabezados por Monseñor Hector Torres de Garzón, académicos, estudiantes, ambientalistas y miembros de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas, entre otros, que concluyó con una Gran Movilización en el Municipio de Gigante por la Defensa de la Vida, el Territorio y contra la criminalización de la protesta social.
Neiva, agosto 10 de 2016.
[1] http://icj.wpengine.netdna-cdn.com/wp-content/uploads/2016/03/Colombia-ElQuimbo-Megaprojects-ESCR-Publications-Facts-Finding-Mission-Report-2016-SPA.pdf
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