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Miller Armín Dussán Calderón

ORGANIZACIONES SOCIALES SOLICITAN A LA CAM AUDIENCIA PUBLICA AMBIENTAL.

ORGANIZACIONES SOCIALES SOLICITAN A LA CAM AUDIENCIA PUBLICA AMBIENTAL.

Las organizaciones sociales Fundación El Curíbano, Asociación Cultural y Ambientalista del Sur –ACAS y  La Corporación Comunidad, -Comunicación para el Desarrollo Social-, con fundamento en el decreto del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  No 0330 de febrero 8 de 2007 solicitaron a la CAM la celebración de una AUDIENCIA PUBLICA AMBIENTAL para la evaluación de la ejecución del proyecto de explotación minera de los contratos de concesión JBK-16101 y FLV-082 suscritos entre ANUNCIACION TRUJILLO ANDRADE  e INGEOMINAS  para la explotación de materiales de construcción que han sido destinados para la realización del proyecto Hidroeléctrico EL QUIMBO a cargo de la multinacional EMGESA S.A.

Las organizaciones señalan que  existe “una manifiesta violación de los requisitos, términos, condiciones y obligaciones bajo los cuales se otorgó la licencia o el permiso ambiental”  por parte de la CAM mediante la resolución No 1640 de julio 16 de 2013 para la explotación de materiales de arrastre del título JBK-16101 y   la resolución No 2627 de diciembre 6 de 2011 que obliga  el cumplimiento de un Plan de Manejo Ambiental para  la explotación de materiales de arrastre del título FLV-082  a nombre de ANUNCIACION TRUJILLO ANDRADE.

La CAM puso en evidencia la sustracción ilegal de materiales de arrastre durante las visitas de seguimiento, razón por la cual expidió la resolución No 0413 de marzo 12 de 2014 aplicando la medida preventiva de  suspensión de las actividades  del título FLV-082 por haber explotado alrededor de  800.000 m3 en un plazo de 6 meses cuando el volumen autorizado era de 60.000 m3/año. Por medio de la   resolución No 0914 de mayo 15 de 2014 la CAM impuso multas cercanas a los 950 millones de pesos y la orden de restauración ambiental y paisajística del área cuyo valor puede ascender a los 1.000 millones de pesos. Además, se dio traslado de las actuaciones a la Procuraduría Judicial Ambiental y Agraria del Huila, a la Agencia Nacional de Minería y a la Fiscalía General de la Nación, sin que hasta la fecha se conozca de intervenciones de estas entidades Estatales.

Corresponde a la ANLA y a la AGENCIA NACIONAL DE MINERIA -ANM- la protección de las normas ambientales y mineras. Esta última otorgó el título minero No JBK-16101 a ANUNCIACION TRUJILLO con autorización minera según el P.T.O. para extraer 60.000 m3 /año y no 800.000 m3 en un plazo de 6 meses cuya modificación requería de los trámites respectivos de ajuste del Plan de Trabajo y Obras - P. T.O ante la autoridad minera y el ajuste del Estudio de Impacto Ambiental -E.I.A- ante la autoridad ambiental. La actuación ilegal causó enormes afectaciones ambientales que nunca importaron a Anunciación Trujillo y a terceros (MASSEQ SAS y otros ) que sólo les interesaba cumplirle a EMGESA S.A. los contratos de suministros de materiales de arrastre para la construcción de obras del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo.

El Ministerio de Ambiente y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA- han otorgado a EMGESA S.A.  las autorizaciones ambientales suficientes de las áreas licenciadas por INGEOMINAS y la AGENCIA NACIONAL MINERA para el desarrollo del proyecto EL QUIMBO. Incluso, en  la resolución 2766 de 2010 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial se establecía la posibilidad de que EMGESA S.A. pudiese contratar con terceros que deberían tener las autorizaciones requeridas en los volúmenes licenciados ambiental y minero. EMGESA procede a contratar con la empresa MASSEQ SAS el suministro de materiales de construcción por una cantidad cercana a 2.000.000 de m3  para el desarrollo de la obra EL QUIMBO, violando flagrantemente lo establecido en el artículo noveno de la resolución anteriormente mencionada y  propiciando que los terceros violen las normas mineras y ambientales, como se puso en evidencia por la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena -CAM- en acciones de seguimiento realizadas.

La Agencia Nacional de Minería -ANM- no adelanta ningún tipo de investigación por las flagrantes violaciones del CODIGO MINERO y de la violación de las cuantías autorizadas en el PTO que sirvieron de fundamento a la CAM  para los trámites ambientales. La ANM no adelanta investigación alguna  por estas violaciones sino que por el contrario  procede a expedir los autos PAR I  No 420 y AUTO PAR I No 421, mediante los cuales aprueba la modificación del PTO, ampliando la explotación de materiales de arrastre hasta 240.000 m3/año para cada uno de los títulos JBK-16101(De 60.000 M3 /año a 240.000 M3/Año) y FLV-082(de 30.000 M3 /año a 240.000 M3/Año)  a nombre de ANUNCIACIÓN TRUJILLO.

Con fundamento en estas actuaciones de la ANM, ANUNCIACIÓN TRUJILLO ANDRADE y sus terceros pretenden ahora que la CAM  les tramite la modificación de las autorizaciones ambientales para seguir burlando las normas, razón por la cual se está solicitando la celebración de la AUDIENCIA PUBLICA AMBIENTAL, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 0330 de 8 de febrero de 2007 , para realizar una evaluación de las licencias ambientales otorgadas y poder determinar   el cumplimiento de estas y su eventual anulación , además de evaluarse  la conveniencia de la pretendida  modificación que de ellas se quiere realizar.

Las organizaciones sociales expresan que una vez más se hace manifiesto el silencio complaciente y cómplice de la ANLA con Emgesa al no realizar el seguimiento ambiental y de la ANM que a cambio de haber iniciado una investigación sobre las violaciones al Código Minero por las graves afectaciones ambientales causadas, procede a ampliar el volumen de explotación del material de arrastre.

Las organizaciones que suscribieron la solicitud de Audiencia Pública Ambiental demandan de la Defensoría del Pueblo el aval esta solicitud en defensa de nuestro territorio y de un ambiente sano.

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