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Miller Armín Dussán Calderón

ONU: Informe Derechos Humanos y empresas transnacionales

ONU: Informe Derechos Humanos y  empresas transnacionales

El Informe del representante especial del secretario general de la ONU para la cuestión de los Derechos Humanos y las empresas trasnacionales, 2011, constituye un marco jurídico internacional sobre obligaciones de los estados y las empresas para proteger los DD.HH. y una herramienta para la defensa de los derechos vulnerados de las poblaciones afectadas por represas como la hidroeléctrica El Quimbo.

El MAVDT, la Defensoría del Pueblo de Colombia, el Programa presidencial para la Defensa de los Derechos Humanos, la Contraloría General de la República y, en general, todos los organismos de Poder del Estado cuentan con unos "Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos: puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para "proteger, respetar y remediar", que les sirve para enriquecer la argumentación jurídica si deciden apoderar ante estrados judiciales a las poblaciones afectadas por la hidroeléctrica El Quimbo. 

Está demostrado que en el caso de la represa el Quimbo, el Estado y las transnacionales, en connivencia, han violado todos los Derechos Económicos, Sociales, Ambientales, Culturales de los afectados para favorecer el negocio. Existen múltiples evidencias que se hicieron visibles producto de la Movilización Social y que obligaron a la expedición de actos administrativos como las Resoluciones 1096 del MAVDT, 1349 de la CAM, órdenes de sellamiento de obras por parte del ICANH e incluso, solicitud de suspensión de la Licencia Ambiental por parte de la Defensoría del Pueblo; medidas que  resultaron inocuas debido al sometimiento del Estado a los dictámenes de las Empresas transnacionales.

De continuar omitiendo su responsabilidad favoreciendo los intereses de las multinacionales, Asoquimbo, fortalecerá las acciones de resistencia civil y jurídicas para obligar al Estado y a las transnacionales Endesa Emgesa Enel  se sometan a estos Principios Rectores que hacen parte de la normatividad internacional. Destacamos los tres principios fundamentales:

El Marco se basa en tres principios fundamentales. El primero es la obligación del Estado de ofrecer protección frente a los abusos de los derechos humanos cometidos por terceros, incluidas las empresas, mediante medidas adecuadas, actividades de reglamentación y sometimiento a la justicia. El segundo es la obligación de las empresas de respetar los derechos humanos, lo que significa actuar con la debida diligencia para no vulnerar los derechos de terceros, y reparar las consecuencias negativas de sus actividades. El tercero es la necesidad de mejorar el acceso de las víctimas a vías de reparación efectivas, tanto judiciales como extrajudiciales. Cada uno de estos principios constituye un elemento esencial de un sistema interrelacionado y dinámico de medidas de prevención y de reparación: el deber del Estado de brindar protección, ya que constituye la base misma del régimen internacional de derechos humanos; la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos, por tratarse de la expectativa social más elemental en relación con las empresas; y el acceso a vías de reparación porque ni siquiera los esfuerzos mejor coordinados pueden impedir totalmente que se cometan abusos”.

 


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