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Miller Armín Dussán Calderón

FUTURO DEL QUIMBO EN MANOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL Y EL CONSEJO DE ESTADO

FUTURO DEL QUIMBO EN MANOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL Y EL CONSEJO DE ESTADO

El Tribunal Superior Administrativo del Huila -Sala Cuarta de Oralidad Magistrado Ponente Ramiro Aponte Pino, mediante Providencia Auto Interlocutorio del 7 de abril de 2015 con relación al “levantamiento de la medida cautelar de suspensión del llenado del proyecto Hidroélectrico El Quimbo a cambio de la fijación de una caución”, resolvió que “el levantamiento o la mutación de la misma es del fuero exclusivo del H. Consejo de Estado”.

La anterior decisión se suma a dos solicitudes que cursan, una en la Corte Constitucional y la otra en el Consejo de Estado que incluyen como medida cautelar la suspensión de las obras del Proyecto.

La Corte Constitucional mediante Auto del 9 de febrero de 2015, Magistrado Sustanciador, JORGE IVAN PALACIO PALACIO, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales y en consideración “para mejor proveer, antes de decidir de fondo acerca de la admisibilidad de la solicitud de cumplimiento presentada por Asoquimbo el 20 de enero de 2015” resolvió SOLICITAR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva -Sala Civil Familia- que, “dentro de los diez (10) días siguientes a la comunicación de la presente providencia, rinda con destino a esta Corte un informe detallado acerca de las actuaciones que ha adelantado en el trámite del cumplimiento de la Sentencia T-135 de 2013”.  La pretensión de Asoquimbo es que  el Alto Tribunal declare el desacato contra Emgesa S.A. E.S.P., la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y la Procuraduría Regional del Huila por incumplir lo ordenado en la Sentencia T- 135 de 2013  y suspenda las obras del proyecto El Quimbo como medida cautelar para hacer efectivo el cumplimiento de la Sentencia y la orden de protección de los Derechos, que según el Alto Tribunal son principalmente amenazados y potencialmente violados: (i) a tener una vida digna, (ii) al mínimo vital y (iii) a la vivienda digna, al (iv) trabajo a la (v) seguridad alimentaria y (vi) derecho a un medio ambiente sano.

En el Consejo de Estado cursa solicitud de NULIDAD de la licencia ambiental -Resolución Nos.0899 de 2009 y sus modificaciones- interpuesta el 10 de noviembre de 2014 por el Centro de Estudios para la Justicia Social Tierra Digna, recogiendo el sentimiento de afectados por la represa El Quimbo-. Adicionalmente, se solicitó la suspensión de las obras del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, considerando las afectaciones ambientales y sociales que instancias como la Corte Constitucional y la Contraloría General han contribuido a establecer, a través de la Sentencia T-135/13 que ordenó la realización de un nuevo censo socioeconómico y el Informe Especial del 1º de septiembre de 2014 que fuera rendido por la Contraloría Delegada del sector Medio Ambiente como resultado de una actuación especial que incluyó el análisis sobre las obligaciones establecidas en la licencia ambiental del Proyecto El Quimbo y tras analizar el Estudio de Impacto Ambiental - EIA presentado por EMGESA S.A. E.S.P, concluyó que el mismo “no cuenta con la caracterización de las amenazas naturales localizadas dentro del área de influencia directa e indirecta del proyecto". 

No cabe duda de que el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo constituye un riesgo no solo para la sostenibilidad económica y alimentaria de una región entera, sino que como lo señala la Contraloría General, no cuenta con medidas de manejo que puedan “garantizar que el proyecto no se convierta en amenaza para los recursos naturales renovables y no renovables de la Nación, ante la falla de alguno de los elementos estructurales del mismo”, razón por la cual la suspensión de las obras de este proyecto, representa una medida oportuna y necesaria, para hacer cesar el que ya se ha configurado como un perjuicio irremediable en el ambiente y las condiciones sociales y económicas de un número significativo de colombianos. 

Asoquimbo solicitará al Consejo de Estado que ante la existencia de dos medidas cautelares las resuelva en el mismo tiempo. Se espera que la Corte Constitucional pronto decidirá de fondo sobre el desacato y la suspensión de las obras.

Es importante resaltar que sigue vigente la medida cautelar de suspensión del llenado del embalse Quimbo. Y que sería inadmisible que se modificara por una simple caución “otorgada por una compañía de seguros que garantice los eventuales perjuicios que se pudieren ocasionar con la pesca en el embalse de Betania” como pretende Emgesa, debido a que ya existe un perjuicio irremediable en lo ambiental, social, económico y cultural como lo demuestra la misma Contraloría General de la República en el Informe Especial del 1 de septiembre.

Asoquimbo reafirma que el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo agoniza en cuidados intensivos producto de la resistencia social, como un gran alivio para todas las “víctimas de Emgesa y del desarrollo” que se han levantado por la defensa de los territorios, los ríos, los páramos, macizos, en fin, por la defensa de la vida y el Buen Vivir en el país y en el planeta.

 

 

Neiva, 7 de abril de 2015

 

 

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