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Miller Armín Dussán Calderón

14 DE MARZO 2016 "Día Mundial contra Represas"

14 DE MARZO 2016 "Día Mundial contra Represas"

El Día Internacional de Acción contra las Represas y en Defensa de los Ríos, el Agua y la Vida fue aprobado por los participantes de 20 países en el primer Encuentro Internacional de Afectados por las Represas, en marzo de 1997 en Curitiba (Brasil) con el propósito de protestar contra proyectos de gestión de agua destructivos, recuperar el bienestar de nuestras cuencas hidrográficas y exigir una gestión equitativa sostenible de nuestros ríos.

POLÍTICA MINERO ENERGÉTICA DEL GOBIERNO DE SANTOS

El Plan de Desarrollo de Santos garantiza el control de nuestros territorios por parte de las Corporaciones transnacionales ENDESA, ENEL, EMGESA, PACIFIC RUBIALES, EMERALD ENERGY, ESTATAL HYDROCHINA, entre otras. Para tal efecto, se impone una legislación para el despojo de las comunidades al declarar de utilidad pública los territorios que sean necesarios para los “Proyectos de Interés Nacional y  Estratégico” -PINES-como los del Plan Maestro de Aprovechamiento (privatización) del río Magdalena  convirtiéndolo en una gran hidrovía para la movilización de petróleo, carbón, contenedores, cereales (maíz, trigo y soya). Incluye, además, la construcción de 17 hidroeléctricas a lo largo del río hasta la Honda, entre ellas, 7 más para el Huila: Guarapas, 140 MW y Chillurco 180 MW (en Pitalito), Oporapa 280MW (en Oporapa), Pericongo 80 MW (en Timaná), El Manso 140 MW (en Neiva), Veraguas 130 MW (en Aipe), Bateas 140 MW (en Villavieja).

Además, se pretenden imponer 50 Pequeñas Centrales Hidroeléctricas -PCH- en el Huila con la inversión de capital privado que se incorporarán al Sistema Interconectado Nacional para exportación.  Actualmente, se han radicado 14 solicitudes ante la Corporación Autónoma del Alto Magdalena -CAM- para Licenciamiento Ambiental que afectan las cuencas de los ríos: Bache (3 PCH), Las Ceibas, Cabrera, Venado, Narváez, Bedón, La Plata, Páez, Suaza, Guarapas, Naranjo, Aipe. 

Se exige suspender de inmediato el trámite por parte de EMGESA del Proyecto Hidroeléctrico Oporapa, ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, que afecta los Municipios de Isnos, Saladoblanco, Oporapa, Tarqui, Pitalito y Elias y de todas las solicitudes ante la CAM para las PCH.

La Agencia Nacional de Hidrocarburos, en el marco de las “Rondas Colombia 2012 y 2014”, asignó 12 áreas de exploración petrolera en el Huila concesionada a nueve compañías transnacionales, entre ellas, a la multinacional francocanadiense Alange Energy Corp en la Cuenca del río las Ceibas. El bloque denominado VSM 16 (Valle Superior del Magdalena), incorpora a los municipios de El Agrado, Altamira, Elías, Garzón, Gigante, Guadalupe, Hobo, La Plata, Paicol, El Pital, Tarqui, Tesalia y Timaná que afectan las márgenes derecha e izquierda del río Magdalena y parte del río Suaza con el uso de la técnica   de extracción de gas y petróleo en yacimientos no convencionales (pozos profundos) denominada fracking o fracturación hidráulica. El gobierno autorizó una licencia ambiental global a la empresa Emerald Energy para la construcción de tres plataformas multipozo al interior del Campo de Producción Gigante, y la construcción de líneas de flujo que podrán transportar agua, gas y crudo afectando el Páramo de Miraflores.

AGENDA MINIMA DEL MOVIMIENTO REGIONAL POR LA DEFENSA DE LOS TERRITORIOS Y LA VIDA

ASOQUIMBO, El Movimiento Ciudadano por la Defensa del Territorio de Pitalito, El Comité Defensores del Macizo Colombiano de San Agustín, el Colectivo Jaguos por el Territorio, el Comité por la Defensa del Río Baché, El Comité Cívico  Somos Río Aipe,  El Colectivo Cultural Cacique Yaguilga de Pital, Colectivo por la Defensa de los Recursos Naturales de Guadalupe vienen construyendo una AGENDA COMÚN que se sintetiza en:

1.- Un nuevo modelo minero energético soberano y autónomo, gestionado por las comunidades y que responda a sus necesidades; sustentado en otras alternativas como la energía solar, eólica, geotérmica y la cogeneración, (Sentencia T-135/13 de la Corte Constitucional) que no afecten los derechos fundamentales individuales y colectivos y, especialmente, el ambiente sano. 

2.- Creación de un FONDO ESPECIAL por parte del Estado con destino a la investigación científico-técnica en nuevas alternativas que sustituyan la energía fósil y las hidroeléctricas generadoras de Gases de Efecto Invernadero que explican el fenómeno del calentamiento global.

3.- Defensa del agua como Bien Natural Público y Derecho Fundamental que obliga al Estado a garantizar la naturaleza inalienable, imprescriptible e inembargable de los ecosistemas hídricos: No a las Represas, ni Pequeñas Centrales Hidroeléctricas, ni explotación Petrolera con fracking, ni privatización de Acueductos Comunitarios.

4.- Impulso de la producción indígena, campesina y afrodescendiente, la protección de la pesca artesanal, la Soberanía y Autonomía Alimentaria, la conservación, libertad de circulación y manejo de semillas ancestrales y nativas declaradas de utilidad pública e interés social de la Nación.

 

 

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