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Miller Armín Dussán Calderón

FALLO TRIBUNAL HUILA CONFIRMA TARDIAMENTE ADVERTENCIAS DE LA CONTRALORÍA Y ALERTAS TEMPRANAS.

FALLO TRIBUNAL HUILA CONFIRMA TARDIAMENTE ADVERTENCIAS DE LA CONTRALORÍA Y ALERTAS TEMPRANAS.

Contaminación Río Magdalena por no retiro de biomasa en El Quimbo 

Con relación a la publicación del 12 de enero del periódico La Nación sobre “Dura sanción a Emgesa por contaminación en El Quimbo”, a raíz del fallo proferido por el Tribunal Administrativo del Huila debido al precipitado llenado del embalse sin retirar  la biomasa, expresamos que se trata de un fallo tardío que finalmente confirma que la ANLA lo autorizó al ordenar a favor de Emgesa mediante Resolución 759 del 26 de junio de 2015, 17 modificaciones a la Licencia Ambiental, cuando desde antes del llenado el equipo de investigación de Santiago Duque, investigador de la Universidad Nacional (sede Amazonas) y director científico de un estudio que contrató Emgesa para evaluar su impacto ambiental había advertido que "los resultados preliminares de esa pesquisa alertaron de la altísima eutrofización de las aguas, en tanto el embalse no solo captaría lo que genera la biomasa no removida, sino que también allí llegan los desechos de aguas residuales y los productos de la deforestación que arrastra el río Magdalena" y solicitó que por esas razones no se procediera al llenado.

Con fundamento en el anterior estudio y los informes de Auditoría de la Contraloría General de la República que advirtieron previamente de los graves daños que causaría al ambiente y a la actividad productiva, no solo de la pesca industrial de Betania, sino, de los pescadores artesanales, Asoquimbo solicitó a la Fiscalía 3 de Bogotá la ampliación de la investigación penal por daños ambientales al probar  a través de la línea del tiempo que el punto de inflexión del proceso es Junio de 2015,  cuando la empresa EMGESA ha incumplido de forma sistemática  la normatividad ambiental   con el  inicio del llenado de la represa el Quimbo  y los  consecuentes hechos posteriores que produjeron el daño ambiental”. Se está a la espera del fallo de fondo de ésta Fiscalía.

El Tribunal Administrativo del Huila, también confirma lo ratificado por la Contraloría General de la República en el Informe de Auditoria a la ANLA de diciembre de 2020 con relación al Retiro de Biomasa Vaso del Embalse. Es clara al afirmar que la ANLA “no realizó una constatación efectiva y oportuna que permitiera exigir el cumplimiento de las obligaciones dispuestas en la Licencia Ambiental debido a que antes de iniciar el llenado EMGESA debía realizar el aprovechamiento total de la zona del embalse (incluidas las zonas de exclusión equivalentes a 937 ha) y el retiro como el uso adecuado de la totalidad de la biomasa inventariada, lo cual fue incumplido por EMGESA.

Debido a que el hallazgo anterior según la CGR genera incidencia disciplinaría y penal se solicitó a la Fiscalía 3 de Bogotá incorporar el Informe de Auditoría al proceso de investigación por el delito de daños ambientales y a la Procuraduría para que inicie los procesos disciplinarios.

Del fallo del Tribunal se destaca que tanto Emgesa como el Ministerio de Ambiente deben responder por la contaminación en el río Magdalena y la confirmación que a su debido tiempo denunció Asoquimbo de la intervención del Gobierno Nacional que mediante decreto ordenó la generación de energía, contra la medida cautelar dispuesta por el Tribunal del Huila; decreto que la Corte declaró inconstitucional debido al propósito deliberado y perverso de desconocer lo dispuesto en la decisión judicial adoptada por el Tribunal Administrativo del Huila, para favorecer el negocio de Emgesa por encima de la obligación de amparar los derechos colectivos al goce de un ambiente sano y a la salubridad pública.

Sin embargo, para mitigar el daño irreparable a los ecosistemas no basta con el diseño de un proyecto de descontaminación sometido a consideración de la ANLA, que ha actuado en connivencia con la empresa”, sino avanzar en los procesos de demanda penal y disciplinaria y ordenar reparar a las víctimas de ENEL Emgesa y el Estado, especialmente, a los pescadores artesanales a quienes se les destruyó sus proyectos productivos y sus formas de organización.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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